COMERCIAL JPF LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2021
- Repertorio
- 4934
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
- Comuna
- Concepción de don Juan Espinosa Bancalari
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público de Concepción, con oficio en O´Higgins N° 528 Concepción, certifico: Por escritura pública de fecha 04 de noviembre de 2021, Repertorio N° 4934, ante mí; SAMUEL FUENZALIDA REYES, MARÍA DE LA PAZ REYES LUCO, CAMILA PAZ FUENZALIDA REYES, JUAN PABLO FUENZALIDA REYES, todos domiciliados para estos efectos en Xenón Herrera 3438, Chiguayante, ciudad de Concepción; modificaron sociedad COMERCIAL JPF LIMITADA, inscrita a fojas 123 VTA. N° 79 Registro Comercio del Conservador Bienes Raíces Chiguayante 2018. Modificaciones consisten: I. Dejar constancia de lo siguiente: A. Producto del fallecimiento del socio JUAN PABLO FUENZALIDA MORAGA, y la disolución de pleno derecho de la sociedad conyugal existente entre éste y su cónyuge sobreviviente, doña MARIA DE LA PAZ REYES LUCO, quedaron radicados en esta última, el 50% de los derechos sociales de que el primero era titular en la sociedad. B. Producto de la liquidación de la comunidad hereditaria, efectuada de consuno por los herederos libre disponedores de sus bienes, por escritura pública otorgada con fecha 4 de noviembre de 2021, en la Notaría de Concepción de don Juan Espinosa Bancalari, repertorio N° 4933, quedaron radicados en don SAMUEL FUENZALIDA REYES, el 100% del capital y derechos sociales de que don JUAN PABLO FUENZALIDA MORAGA, era titular en COMERCIAL JPF LIMITADA. C. En razón de lo indicado, los únicos y actuales socios de COMERCIAL JPF LIMITADA, acuerdan: Uno. Reemplazar el artículo quinto de los estatutos sociales, por el texto que se indica a continuación: “QUINTO: Capital Social. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $30.000.000, y se distribuye entre sus socios de la siguiente forma: A. Doña MARÍA DE LA PAZ REYES LUCO, aportó la suma de $14.550.000, equivalentes a un 48,5% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha. B. Don SAMUEL FUENZALIDA REYES, aportó la suma de 15.450.000, equivalentes a un 51,5% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha.”. Dos. Modificar el artículo séptimo de los estatutos sociales, en el sentido de indicar que la administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don SAMUEL FUENZALIDA REYES, con facultades indicadas en estatuto social. II. A. Doña MARIA DE LA PAZ REYES LUCO, vende, cede y transfiere derechos sociales equivalentes 8,5% del capital social de COMERCIAL JPF LIMITADA, a SAMUEL FUENZALIDA REYES, quien los compra, adquiere y acepta para sí. B. Modificar nuevamente el Artículo “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad asciende a 30.000.000, íntegramente suscrito y pagado por los socios en las proporciones siguientes: Uno. MARIA DE LA PAZ REYES LUCO, aportó la suma de $12.000.000, equivalentes al 40% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha. Dos. SAMUEL FUENZALIDA REYES, aportó la suma de $18.000.000, equivalentes 60% del capital y derechos sociales, íntegramente pagados en dinero efectivo, con anterioridad a esta fecha.”. Responsabilidad socios limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 06 de diciembre de 2021.