ASESORIA JURIDICA E INMOBILIARIA PARDO GODOY Y TORTORA SpA
Instrumento
Sin información de instrumento parseada en esta publicación.
Sociedad
- N. fantasía
- “FIDUCIA SpA”.
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Rancagua
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; b) la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, y compraventa de sitios, estén o no edificados, de arrendamiento y de uso de condominios; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción o subdivisión de predios sean urbanos o agrícolas, la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos, la administración y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, la representación de firmas nacionales o extranjeras, la urbanización de predios, la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción o subdivisión, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores; c) el estudio, asesorías y consultorías de proyectos y su factibilidad, sean estos jurídicos, económicos, financieros o comerciales, la prestación de asesorías y consultoría en tales materias, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores. –
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don José Ignacio Godoy Gómez, don Mauricio Andrés Pardo Larenas y Diego Ignacio Tórtora Ruz, actuando dos de ellos en forma conjunta. – Capital y Acciones: Tres millones de pesos ($3.000.000), dividido en treinta acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social, enterado por los accionistas en proporciones iguales de un millón de pesos cada uno e ingresado a la caja social, don José Ignacio Godoy Gómez, Mauricio Andrés Pardo Larenas y Diego Ignacio Tórtora Ruz, son dueños del treinta y tres coma tres por ciento de acciones cada uno. - Responsabilidad: De conformidad al artículo cuatrocientos veintinueve del Código de Comercio, los socios sólo serán responsables hasta el monto de sus aportes en la sociedad.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Rancagua, Campos 377, certifica: Por escritura hoy ante mi, don José Ignacio Godoy Gómez, chileno, abogado, casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y dos mil ciento noventa y cuatro guion nueve y don Mauricio Andrés Pardo Larenas, chileno, abogado, soltero, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cuatrocientos noventa y tres millones doscientos noventa y nueve guion k, y don Diego Ignacio Tórtora Ruz, chileno, trabajador independiente, soltero, cédula nacional de identidad número quince millones ciento seis mil doscientos doce guion uno, todos domiciliados en calle German Riesco Nº 277 oficina 122, constituyen Sociedad por Acciones. – Razón Social: “ASESORIA JURIDICA E INMOBILIARIA PARDO GODOY Y TORTORA SpA”. – Nombre de Fantasía: “FIDUCIA SpA”. - Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; b) la compraventa de toda clase de inmuebles; la gestión de corretaje de propiedades, y compraventa de sitios, estén o no edificados, de arrendamiento y de uso de condominios; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción o subdivisión de predios sean urbanos o agrícolas, la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos, la administración y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, la representación de firmas nacionales o extranjeras, la urbanización de predios, la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción o subdivisión, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores; c) el estudio, asesorías y consultorías de proyectos y su factibilidad, sean estos jurídicos, económicos, financieros o comerciales, la prestación de asesorías y consultoría en tales materias, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores. – Administración y Uso de la Razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don José Ignacio Godoy Gómez, don Mauricio Andrés Pardo Larenas y Diego Ignacio Tórtora Ruz, actuando dos de ellos en forma conjunta. – Capital y Acciones: Tres millones de pesos ($3.000.000), dividido en treinta acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social, enterado por los accionistas en proporciones iguales de un millón de pesos cada uno e ingresado a la caja social, don José Ignacio Godoy Gómez, Mauricio Andrés Pardo Larenas y Diego Ignacio Tórtora Ruz, son dueños del treinta y tres coma tres por ciento de acciones cada uno. - Responsabilidad: De conformidad al artículo cuatrocientos veintinueve del Código de Comercio, los socios sólo serán responsables hasta el monto de sus aportes en la sociedad. - Domicilio: Ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se pudieran abrir en el resto del país o en el extranjero. - Duración: Duración indefinida. – Rancagua, 25 de Noviembre 2021.-