CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Monte Renovable SpA

CVE 2053436
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2021
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, certifico: Por escritura de fecha 25 de noviembre del año 2021, ante mí: la sociedad LANGA CHILE SpA, constituyó una sociedad por acciones: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: El nombre o razón social de la sociedad será MONTE RENOVABLE SpA; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) El desarrollo de plantas de energía eólica y fotovoltaica en Chile, así como la ejecución de las obras de conexión e interconexión requeridos para ello, tales como líneas de transmisión de alta tensión; b) La participación directa o indirecta y cooperación con terceros que estén relacionados o desarrollen negocios en el área de la energía eólica y fotovoltaica; c) El desarrollo de estudios, en especial estudios de factibilidad, estudios relacionados a la producción y explotación de plantas de energía eólicas y fotovoltaicas; así como la elaboración de estudios relacionados a la explotación comercial de energía eléctrica y la investigación y desarrollo de nuevos productos y aplicaciones con énfasis en productos innovadores, servicios y procesos productivos; d) El desarrollo y elaboración de estudios referidos a proyectos técnicos de carácter públicos o privados de toda naturaleza, especialmente contratos EPC y proyectos de ingeniería, abastecimiento, venta de equipos y construcción; y e) La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital social asciende a la cantidad de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, de las cuales se suscribieron 1.000 acciones que se enterarán y pagarán en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de escritura de constitución. En consecuencia, se deja constancia que el capital social ha quedado totalmente suscrito y pendiente de pago en su totalidad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de noviembre de 2021.