Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2021
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, certifico: Por escritura de fecha 25 de noviembre del año 2021, ante mí: la sociedad LANGA CHILE SpA, constituyó una sociedad por acciones: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: El nombre o razón social de la sociedad será MONTE RENOVABLE SpA; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) El desarrollo de plantas de energía eólica y fotovoltaica en Chile, así como la ejecución de las obras de conexión e interconexión requeridos para ello, tales como líneas de transmisión de alta tensión; b) La participación directa o indirecta y cooperación con terceros que estén relacionados o desarrollen negocios en el área de la energía eólica y fotovoltaica; c) El desarrollo de estudios, en especial estudios de factibilidad, estudios relacionados a la producción y explotación de plantas de energía eólicas y fotovoltaicas; así como la elaboración de estudios relacionados a la explotación comercial de energía eléctrica y la investigación y desarrollo de nuevos productos y aplicaciones con énfasis en productos innovadores, servicios y procesos productivos; d) El desarrollo y elaboración de estudios referidos a proyectos técnicos de carácter públicos o privados de toda naturaleza, especialmente contratos EPC y proyectos de ingeniería, abastecimiento, venta de equipos y construcción; y e) La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital social asciende a la cantidad de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, de las cuales se suscribieron 1.000 acciones que se enterarán y pagarán en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 5 años contados desde la fecha de escritura de constitución. En consecuencia, se deja constancia que el capital social ha quedado totalmente suscrito y pendiente de pago en su totalidad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de noviembre de 2021.