CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

IC SERVICES SpA

RUT 13973305-3 CVE 2053042
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2021

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Mejillones
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá como

Administración

La Sociedad será administrada por un Director Ejecutivo, quién será su representante legal, y que será asumido exclusivamente por la socia doña IRINA NINOSKA CHACANA AMADO. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: El Director Ejecutivo, que podrá también utilizar la denominación de “Gerente General”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

BERNARD DEBEUF PONCE DE LEÓN, abogado, Notario, Conservador y Archivero Judicial Titular de la comuna de Mejillones, con domicilio en su oficio ubicado en Avenida Latorre número 520 certifico: Por escritura pública de hoy, Repertorio número 658-2021, ante mí, don CRISTIÁN ANDRÉS CISTERNAS VILLALÓN, cédula nacional de identidad número 13.973.305-3 y doña IRINA NINOSKA CHACANA AMADO, cédula nacional de identidad número 15.020.038-5, constituyeron una sociedad por acciones en conformidad al Estatuto pactado, Ley número 20.190 modificatoria del Código de Comercio, disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, y que solo en aquello que no se contraponga a su naturaleza, le serán aplicables las normas de las sociedades anónimas cerradas. Razón social: “IC SERVICES SpA”.- Objeto: La sociedad tendrá como objeto: El ejercicio de la actividad industrial en sus formas más amplias y, en especial la realización por cuenta propia y/o ajena de: A) La instalación, explotación, concesión y arrendamiento de toda clase de establecimientos del giro obras civiles menores, reparaciones, mantenciones, ampliaciones, modificaciones de inmuebles y en general, toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto predicho, tales como electricidad, gasfitería, refrigeración y aire acondicionado, sin que ello resulte taxativo; B) Prestar servicios a la industria y al comercio, sean personas naturales o jurídicas, compañías y empresas unipersonales, especialmente en el área de ingeniería, montaje industrial, construcción, izaje, movimiento de tierra, transporte de carga por carretera, transporte de personal, aseo industrial y servicios asociados; ejecutar toda clase de obras civiles, instalaciones de alcantarillado, redes de agua potable, topografía, movimiento de tierra, infraestructura vial, caminos, puentes o túneles, construir, transformar, reparar y pintar casas, edificios y galpones industriales; C) Importar, exportar, comprar, vender, distribuir, dar en arrendamiento y comercializar toda clase de equipos, maquinarias e insumos de ingeniería, y materiales de construcción nacionales o extranjeros; así como respecto de los repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados; D) Enajenación, corretaje y explotación de sitios y otros inmuebles, especialmente bienes raíces urbanos o rústicos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas. Capital: El capital de la sociedad será la suma de dos millones pesos, dividido en cien acciones nominativas y de un valor nominal de cien mil pesos cada una, en la cual los socios acuerdan la siguiente forma de suscripción y pago. El socio don CRISTIAN ANDRÉS CISTERNAS VILLALÓN, suscribe, paga e integra en dinero efectivo en la caja social la suma de novecientos ochenta mil pesos, cual representa cuarenta y nueve acciones nominativas, correspondiente al cuarenta y nueve por ciento de las acciones y el capital social. La socia doña IRINA NINOSKA CHACANA AMADO, suscribe, paga e integra en dinero efectivo en la caja social la suma de un millón veinte mil pesos, cual representa cincuenta y un acciones nominativas, correspondiente al cincuenta y un por ciento de las acciones y el capital social. Administración: La Sociedad será administrada por un Director Ejecutivo, quién será su representante legal, y que será asumido exclusivamente por la socia doña IRINA NINOSKA CHACANA AMADO. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: El Director Ejecutivo, que podrá también utilizar la denominación de “Gerente General”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Mejillones, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se acuerde establecer en cualquier parte del territorio de la república o en el extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir con ésta misma fecha y tendrá una duración indefinida. Asimismo, la sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista. Demás estipulaciones en escritura extractada. Mejillones, 03 de diciembre de 2021.