Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2021
- Repertorio
- 10008
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Objeto social
a) la extracción, producción, explotación, procesamiento, generación, refinamiento, transmisión, compra, venta, distribución y comercialización de energías, biodiesel y combustibles sólidos, líquidos y gaseosos; b) la generación, comercialización, transporte, transformación, compra y venta de energía eléctrica y demás atributos comercializables, sea por cuenta propia o de terceros; c) la adquisición, uso, usufructo, transferencia y en general, explotación, en cualquier forma, los permisos y las concesiones eléctricas a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; las concesiones de uso oneroso a que se refiere el Decreto Ley número mil novecientos treinta y nueve de mil novecientos setenta y siete; los demás derechos y autorizaciones necesarios para la realización de las actividades que contemple el desarrollo del objeto de la Sociedad; y, todo tipo de equipos e instalaciones relacionados con modalidades de producción de energía eléctrica, en especial, pero sin limitarse a, plantas fotovoltaicas e instalaciones anexas; d) la adquisición y enajenación, por cualquier vía, de todo tipo de proyectos de generación o transporte de energía, los permisos, derechos, autorizaciones y licencias o arrendamientos necesarios para su estudio, desarrollo, explotación u operación; y el desarrollo y)o explotación de proyectos de generación y)o transporte de energía eléctrica; e) la comercialización, distribución, importación, exportación, representación y venta de toda clase de equipos, materiales, insumos y)o productos terminados, relacionados directa o indirectamente con el objeto social; f) la elaboración e instalación de toda clase de productos, construcciones, obras, montajes eléctricos y civiles, y prestación de servicios, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros, mediante comisión, consignación, representación u otras figuras contractuales; g) la administración y gestión, por cuenta propia o ajena, de instalaciones productoras de energía eléctrica e instalaciones de transmisión, así como el desarrollo de los trabajos de reparación y mantenimiento de las mismas; h) el financiamiento por cuenta propia o ajena y ya sea por portes de capital propio, como por otorgamiento de mutuos o créditos, de todo tipo de proyectos desarrollo, construcción, operación o explotación de plantas de generación de energía o de cualquiera d las actividades mencionadas en las letras anteriores; e, i) la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros, asesorías y consultoría en general, incluyendo, entre otras, las relacionadas con servicios de suministro, generación y transporte de electricidad, con servicios de ingeniería de proyectos, de mantenimiento y operación de proyectos energéticos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 26 de Noviembre de 2021, Repertorio Nº 10.008, ante mí, CCE Midco Dos CHL SpA, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “CCE PROCO DOS CHL SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Objeto: a) la extracción, producción, explotación, procesamiento, generación, refinamiento, transmisión, compra, venta, distribución y comercialización de energías, biodiesel y combustibles sólidos, líquidos y gaseosos; b) la generación, comercialización, transporte, transformación, compra y venta de energía eléctrica y demás atributos comercializables, sea por cuenta propia o de terceros; c) la adquisición, uso, usufructo, transferencia y en general, explotación, en cualquier forma, los permisos y las concesiones eléctricas a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; las concesiones de uso oneroso a que se refiere el Decreto Ley número mil novecientos treinta y nueve de mil novecientos setenta y siete; los demás derechos y autorizaciones necesarios para la realización de las actividades que contemple el desarrollo del objeto de la Sociedad; y, todo tipo de equipos e instalaciones relacionados con modalidades de producción de energía eléctrica, en especial, pero sin limitarse a, plantas fotovoltaicas e instalaciones anexas; d) la adquisición y enajenación, por cualquier vía, de todo tipo de proyectos de generación o transporte de energía, los permisos, derechos, autorizaciones y licencias o arrendamientos necesarios para su estudio, desarrollo, explotación u operación; y el desarrollo y/o explotación de proyectos de generación y/o transporte de energía eléctrica; e) la comercialización, distribución, importación, exportación, representación y venta de toda clase de equipos, materiales, insumos y/o productos terminados, relacionados directa o indirectamente con el objeto social; f) la elaboración e instalación de toda clase de productos, construcciones, obras, montajes eléctricos y civiles, y prestación de servicios, sea por cuenta propia o por cuenta de terceros, mediante comisión, consignación, representación u otras figuras contractuales; g) la administración y gestión, por cuenta propia o ajena, de instalaciones productoras de energía eléctrica e instalaciones de transmisión, así como el desarrollo de los trabajos de reparación y mantenimiento de las mismas; h) el financiamiento por cuenta propia o ajena y ya sea por portes de capital propio, como por otorgamiento de mutuos o créditos, de todo tipo de proyectos desarrollo, construcción, operación o explotación de plantas de generación de energía o de cualquiera d las actividades mencionadas en las letras anteriores; e, i) la prestación de toda clase de servicios por cuenta propia o de terceros, asesorías y consultoría en general, incluyendo, entre otras, las relacionadas con servicios de suministro, generación y transporte de electricidad, con servicios de ingeniería de proyectos, de mantenimiento y operación de proyectos energéticos. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, totalmente suscrito y se pagará en un plazo de 1 año a contar fecha escritura que extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de Diciembre de 2021. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.