MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS AEREOS AGRICOLAS Y FORESTALES LIMITADA

RUT 77781790-6 CVE 2052546
Capital
$21.000 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2021
Notaría
San Fernando

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2021
Notario
CARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA
Oficio
Segunda Notaría de San Fernando
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$21.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS HORACIO GUZMÁN BAIGORRIA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de San Fernando, con Oficio en calle Chillán número quinientos noventa y cinco guión A, Comuna de San Fernando, certifica: que por escritura de hoy ante mí, KAREEN MARJORIE ANNE HECK HENNINGS, por sí y en representación de don ERWIN KLAUS OTTO HECK HENNINGS, domiciliada en Parcela X-14, Villa Pulmahue, comuna de Los Ángeles, modifica el pacto social de “SERVICIOS AEREOS AGRICOLAS Y FORESTALES LIMITADA”, o también “MANUTARA LTDA.”, RUT Nº 77.781.790-6, inscrito a fojas 299 vuelta, Nº 177, año 2002, modificado por inscripciones de fojas 1384, Nº 644, año 2016, y de fojas 607, Nº 264, año 2017, todas del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, en los siguientes sentidos: UNO.- La socia KAREEN MARJORIE ANNE HECK HENNINGS vende, cede y transfiere el total de su participación social, equivalente al 99% de los derechos sociales, a la sociedad INVERSIONES PACIFICO SpA, representada por don RODRIGO LOPEZ BUBERT, quien la compra y adquiere para su representada, y paga a la cedente en dinero efectivo y al contado la suma de $20.000.000 de pesos. Esta última recibe a su entera satisfacción la suma señalada. DOS.- La socia KAREEN MARJORIE ANNE HECK HENNINGS, en nombre y representación del socio ERWIN KLAUS OTTO HECK HENNINGS, vende, cede y transfiere el total de la participación social de este último, equivalente al 1% de los derechos sociales, a la sociedad TREINTA Y SIETE SUR SpA, representada por don RODRIGO LOPEZ BUBERT, quien la compra y adquiere para su representada, y paga en este acto al vendedor y socio saliente, en la persona de su representante, en dinero efectivo y al contado la suma de $1.000.000 de pesos. La primera de las mencionadas, actuando en nombre y representación del cedente, declara recibir a su entera satisfacción la suma señalada. TRES.- En consecuencia, quedan como únicos socios de “SERVICIOS AEREOS AGRICOLAS Y FORESTALES LIMITADA”, o también “MANUTARA”, a contar de esta fecha, la sociedad INVERSIONES PACIFICO SpA, con un 99% en el capital social, y la sociedad TREINTA Y SIETE SUR SpA, con un 1% en el capital social. CUATRO.- La sociedad, los socios que venden y ceden, y los cesionarios y adquirentes, pactan el más amplio completo, íntegro, recíproco y total finiquito, declarando que no tiene reclamo alguno que efectuarse entre sí. CINCO.- Los actuales y únicos socios de la sociedad “SERVICIOS AEREOS AGRICOLAS Y FORESTALES LIMITADA”, o también “MANUTARA”, es decir, INVERSIONES PACIFICO SpA y sociedad TREINTA Y SIETE SUR SpA, ambos representados por don RODRIGO LÓPEZ BUBERT, modifican el artículo QUINTO del pacto social primitivo en el sentido de precisar que ahora el capital social es la suma de $21.000.000 de pesos aportados y pagados de la siguiente forma: La sociedad INVERSIONES PACIFICO SpA aporta y paga al contado y en efectivo $20.000.000 de pesos, y la sociedad TREINTA Y SIETE SUR SpA aporta y paga al contado y en efectivo $1.000.000 de pesos. SEIS.- Se modifica el encabezado de la cláusula SEPTIMA del pacto social primitivo en el sentido que a continuación se señala: “SEPTIMO. La Administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación de la sociedad corresponderá a don RODRIGO LOPEZ BUBERT, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades”. SIETE.- Lo no modificado rige y se mantiene vigente. OCHO.- Para todos los efectos legales y tributarios la sociedad modificada se hace responsable de cualquier obligación que en ella pudieran tener los socios que se retiran. NUEVE.- Se elimina del pacto social, a contar de esta fecha, toda referencia a los socios que se retiran.- Demás estipulaciones en escritura extractada. San Fernando, 11 de noviembre de 2021.