MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES CHARMILLA LIMITADA

RUT 76395876-0 CVE 2052732
Capital
$245.000 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2021
Notario
ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$245.000 CLP
Ley aplicable
Ley 16.665

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 12 de noviembre de 2.021, REP. N°26.251-2021, otorgada ante mí, la que fue complementada por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2021, REP N°27.544-2021, otorgada ante mí, los socios de “INVERSIONES CHARMILLA LIMITADA”, RUT N° 76.395.876-0, inscrita a fojas 29 N° 23 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua del año 2018, inscripción reconstituida por Ley 16.665, asignándole nueva inscripción a fojas 32 N° 23 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua del año 2021, doña CAROLINA ALEJANDRA TORRES PIRAZZOLI, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N° 13.026.626-6, con domicilio en calle El Farolero N° 31, Altos de Zapallar, comuna y provincia de Curicó; doña CONSTANZA LORETO TORRES PIRAZZOLI, arquitecta, cédula de identidad N°13.234.292-K, con domicilio en Los Crespones 20, Condominio Las Flores, Chicureo, Colina, Región Metropolitana; doña CONSUELO PATRICIA TORRES PIRAZZOLI, sicóloga, cédula de identidad N° 15.639.182-4, con domicilio en Parcela 61, Lote 8, Poste 95, Los Laureles, Limache, Quinta Región; don NELSON RUBEN TORRES FLORES, factor de comercio, cédula de identidad N°4.818.094- 9; con domicilio para estos efectos en Valdivia N°30, departamento 103, Sagrada Familia, Curicó. Además, comparece doña MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, kinesióloga, cédula de identidad N° 5.712.251-K, con domicilio en calle El Farolero N° 29, Altos de Zapallar, comuna y provincia de Curicó. Los socios modificaron la sociedad en la siguiente forma: 1) NELSON RUBEN TORRES FLORES, vende, cede y transfiere el 0,5442% de los derechos sociales de la sociedad, a CAROLINA ALEJANDRA TORRES PIRAZZOLI, en el precio de $1.600.000.- que paga en el acto y al contado. 2) NELSON RUBEN TORRES FLORES, vende, cede y transfiere el 0,5442% de los derechos sociales de la sociedad, a CONSTANZA LORETO TORRES PIRAZZOLI, en el precio de $1.600.000.- que paga en el acto y al contado. 3) NELSON RUBEN TORRES FLORES, vende, cede y transfiere el 0,5443% de los derechos sociales de la sociedad, a CONSUELO PATRICIA TORRES PIRAZZOLI, en el precio de $1.600.000.- que paga en el acto y al contado. En consecuencia, se retira de la sociedad don NELSON RUBEN TORRES FLORES y quedan como únicas socias de la sociedad INVERSIONES CHARMILLA LIMITADA, doña CAROLINA ALEJANDRA TORRES PIRAZZOLI, con un 33,3333% de los derechos sociales; doña CONSTANZA LORETO TORRES PIRAZZOLI, con un 33,3333% de los derechos sociales; y doña CONSUELO PATRICIA TORRES PIRAZZOLI con un 33,3334% de los derechos sociales. 4) CAROLINA ALEJANDRA TORRES PIRAZZOLI, vende, cede y transfiere el 0,3333% de los derechos sociales de la sociedad, a MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, en el precio de $923.935.- que paga en el acto y al contado. 5) CONSTANZA LORETO TORRES PIRAZZOLI, vende, cede y transfiere el 0,3333% de los derechos sociales de la sociedad, a MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, en el precio de $923.935.- que paga en el acto y al contado. 6) CONSUELO PATRICIA TORRES PIRAZZOLI, vende, cede y transfiere el 0,3334% de los derechos sociales de la sociedad, a MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, en el precio de $924.212.- que paga en el acto y al contado. En consecuencia, quedan como únicas y exclusivas socias de la sociedad INVERSIONES CHARMILLA LIMITADA, doña CAROLINA ALEJANDRA TORRES PIRAZZOLI con 33% de los derechos sociales; doña CONSTANZA LORETO TORRES PIRAZZOLI con un 33% de los derechos sociales; doña CONSUELO PATRICIA TORRES PIRAZZOLI, con un 33% de los derechos sociales; y doña MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, con un 1% de los derechos sociales. 7) Luego, las socias de la sociedad en forma unánime, acuerdan modificar el pacto social en la siguiente forma: Uno) Las actuales socias acuerdan modificar el artículo quinto del pacto social, que corresponde al capital social y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de $245.000.000 que se encuentra totalmente suscrito y pagado por las socias en la siguiente proporción: A) Doña CAROLINA ALEJANDRA TORRES PIRAZZOLI con la suma de $80.850.000 equivalentes a un 33% de los derechos sociales; B) Doña CONSTANZA LORETO TORRES PIRAZZOLI con la suma de $80.850.000 equivalentes a un 33% de los derechos sociales; C) Doña CONSUELO PATRICIA TORRES PIRAZZOLI con la suma de $80.850.000 equivalentes a un 33% de los derechos sociales; y D) MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, con la suma de $2.450.000 equivalentes al 1% de los derechos sociales”. Dos) Las socias unánimemente acuerdan modificar el domicilio social de la sociedad, trasladándolo desde Isla de Pascua a la ciudad de Santiago, por lo que se modifica el Artículo tercero que corresponde al domicilio social y se reemplaza por el siguiente: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en cualquier punto del país o del extranjero.” Tres) Por último, las actuales y únicas socias de la sociedad en forma unánime, acuerdan modificar el artículo séptimo del pacto social, que corresponde a la administración y uso de la razón social y lo reemplazan por el siguiente: “ARTICULO SEPTIMO: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a doña MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, cédula de identidad N°5.712.251-K, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de ausencia o impedimento de doña MARTA PATRICIA PIRAZZOLI LABARCA, ya sea, por enfermedad, viaje o muerte, lo que deberá ser debidamente acreditado ante terceros, la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma conjunta a dos de las tres personas que a continuación se señalan: doña CAROLINA ALEJANDRA TORRES PIRAZZOLI, cédula de identidad N°13.026.626-6, doña CONSTANZA LORETO TORRES PIRAZZOLI, cédula de identidad N°13.234.292-K y doña CONSUELO PATRICIA TORRES PIRAZZOLI, cédula de identidad N°15.639.182-4, quienes, en la forma indicada, anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y, en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran más adelante, no siendo necesario acreditar, ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social.” Responsabilidad de las socias se limita hasta el monto de sus aportes. Mantienen vigor cláusulas no modificadas del pacto social Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, a 30 de noviembre del año 2021.-