MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSULTORA GESTIÓN DIGITAL LIMITADA

RUT 76487490-0 CVE 2052700
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago de Camilo Valenzuela

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2021
Notario
Luis Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría
Comuna
Santiago de Camilo Valenzuela

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CONSULTORA GESTIÓN DIGITAL LIMITADA socio 76487490-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría, de Santiago, con oficio en huérfanos N°941 local 302, Pasaje Mate, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 18 de Noviembre de 2021, Rep.N°21364/2021 otorgada ante mí, JUAN IGNACIO UGARTE JORDANA, Hamlet N° 4201, departamento 61, Las Condes, Santiago; RODRIGO IGNACIO UGARTE MARISIO, Dublé Almeyda N° 2929, departamento 103, Ñuñoa, Santiago; JAVIER ALFONSO UGARTE MARISIO, Francisco de Villagra N° 6800 C, La Reina, Santiago; CRISTÓBAL IGNACIO UGARTE YACONI, Avenida Chamisero N° 16.663, Casa 32, Colina, Santiago; JOAQUÍN TOMÁS UGARTE YACONI, Felipe Iturriaga N° 390, Pichilemu; y, ESTER DEL CARMEN RAMÍREZ HERRERA, Hamlet N° 4201, departamento 61, Las Condes, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada CONSULTORA GESTIÓN DIGITAL LIMITADA, RUT N° 76.487.490-0, constituida por escritura pública de 23 de enero 2006 otorgada en Notaría de Santiago de Camilo Valenzuela Riveros, extracto inscrito a fojas 251 vuelta Nº 181 Registro de Comercio de Concepción año 2006 y publicado en Diario Oficial el 28 enero 2006. Cesiones: JUAN IGNACIO UGARTE JORDANA, con un 80% del capital social, vende cede y transfiere: Uno) a CRISTOBAL IGNACIO UGARTE YACONI la nuda propiedad del 10% de total derechos sociales, conservando el cedente el usufructo, por el precio de $100.000, al contado y en dinero efectivo. Dos) a RODRIGO IGNACIO UGARTE MARISIO la nuda propiedad del 15% de total derechos sociales, conservando el cedente el usufructo, por el precio de $150.000, al contado y en dinero efectivo. Tres) a JAVIER ALFONSO UGARTE MARISIO la nuda propiedad del 15% de total derechos sociales, conservando el cedente el usufructo, por el precio de $150.000, al contado y en dinero efectivo. Cuatro) a JOAQUÍN TOMÁS UGARTE YACONI la nuda propiedad del 20% de total derechos sociales, conservando el cedente el usufructo, por el precio de $200.000, al contado y en dinero efectivo. Cinco) a ESTER DEL CARMEN RAMÍREZ HERRERA la nuda propiedad del 20% de total derechos sociales, conservando el cedente el usufructo, por el precio de $200.000, al contado y en dinero efectivo. Modificación: modifican el estatuto social, en sentido que capital legal asciende a $2.000.000, distribuido entre socios: a) CRISTÓBAL IGNACIO UGARTE YACONI, propiedad plena de 10% capital legal y nuda propiedad de 10% capital legal correspondiendo a JUAN IGNACIO UGARTE JORDANA el derecho real usufructo; b) RODRIGO IGNACIO UGARTE MARISIO, propiedad plena de 5% capital legal y nuda propiedad de 15% capital legal, correspondiendo a JUAN IGNACIO UGARTE JORDANA el derecho real usufructo; c) JAVIER ALFONSO UGARTE MARISIO, propiedad plena de 5% capital legal y nuda propiedad de 15% capital legal, correspondiendo a JUAN IGNACIO UGARTE JORDANA el derecho real usufructo; d) JOAQUÍN TOMÁS UGARTE YACONI, nuda propiedad de 20% capital legal, correspondiendo a JUAN IGNACIO UGARTE JORDANA el derecho real usufructo; y, e) ESTER DEL CARMEN RAMÍREZ HERRERA, nuda propiedad de 20% capital legal, correspondiendo a JUAN IGNACIO UGARTE JORDANA el derecho real usufructo. Capital social íntegramente suscrito y pagado.- Socios limitan su responsabilidad a sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de Diciembre de 2021. Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.-