Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2021
- Notario
- Francisco Javier Muñoz Flores
- Domicilio
- y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
- Domicilio
- Sector Puesco, Kilómetro 18, comuna de Curarrehue, región de La Araucanía
- Duración
- 10 años, prorrogables
Objeto social
Será la fabricación, elaboración, envasado, transporte y distribución de cervezas artesanales, de fabricación propia o de terceros; así mismo podrá comercializar, distribuir y exportar todo tipo de cerveza artesanal, agua mineral, bebidas no alcohólicas, néctares, alimentos, y fabricación y ventas de botellas y envases, como también la apertura y administración, mantenimiento de locales comerciales destinados a la venta y distribución de cerveza artesanal, bebidas alcohólicas no alcohólicas y tabaco; y en general toda actividad relacionada con su giro que los socios acuerden en conformidad a los planes, concebidos dentro del marco legal vigente, pudiendo realizar, ejecutar, y celebrar todo tipo de acto, para el fiel cumplimento de su objeto; compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clases de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro de la intermediación de bienes muebles; para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello, sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que acordaren los
Administración
Corresponderá a ORLANDO ALIRO HERRERA RETAMAL, investido de todas las facultades señaladas en el estatuto y las demás que le correspondan en conformidad a la ley
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Curarrehue | socio | 7738140-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, LORENZO SEGUNDO QUINTUN CARIMAN, chileno, viudo, comerciante, domiciliado sector Puesco, comuna de Curarrehue, C.N.I. 7.738.140-6, ORLANDO ALIRO HERRERA RETAMAL, chileno, casado, comerciante, domiciliado sector Puesco, comuna de Curarrehue, C.N.I 6.314.723-0 y JOHN FRANCIS GROTH, estadounidense, soltero, comerciante, domiciliado sector Puesco, comuna de Curarrehue, Pasaporte Estadounidense Nº569400075, constituyen Sociedad por Acciones. NOMBRE: “CERVECERIA PUESCO SpA” OBJETO: Será la fabricación, elaboración, envasado, transporte y distribución de cervezas artesanales, de fabricación propia o de terceros; así mismo podrá comercializar, distribuir y exportar todo tipo de cerveza artesanal, agua mineral, bebidas no alcohólicas, néctares, alimentos, y fabricación y ventas de botellas y envases, como también la apertura y administración, mantenimiento de locales comerciales destinados a la venta y distribución de cerveza artesanal, bebidas alcohólicas no alcohólicas y tabaco; y en general toda actividad relacionada con su giro que los socios acuerden en conformidad a los planes, concebidos dentro del marco legal vigente, pudiendo realizar, ejecutar, y celebrar todo tipo de acto, para el fiel cumplimento de su objeto; compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clases de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro de la intermediación de bienes muebles; para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello, sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que acordaren los accionistas. La sociedad podrá, asimismo, prestar toda clase de asesorías relativas a las materias antes indicadas y, en general, celebrar todos los contratos y ejecutar todos los actos que conciernen a la realización de los objetos anteriores, o a la consecución de los fines sociales. Queda, además, especialmente facultada para formar sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a otras ya existentes. En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad relacionada, con la anteriormente descrita. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá a ORLANDO ALIRO HERRERA RETAMAL, investido de todas las facultades señaladas en el estatuto y las demás que le correspondan en conformidad a la ley. CAPITAL SOCIAL: $60.000.000, dividido en 60 acciones de igual valor, sin valor nominal, suscribe y paga: LORENZO SEGUNDO QUINTUN CARIMAN, suscribe 20 acciones ordinarias de la serie única, equivalente a la suma de $20.000.000.-; don ORLANDO ALIRO HERRERA RETAMAL, suscribe 20 acciones ordinarias de la serie única, equivalente a la suma de $20.000.000.-; y don JOHN FRANCIS GROTH, suscribe 20 acciones ordinarias de la serie única, equivalente a la suma de $20.000.000. DURACIÓN: 10 años, prorrogables. DOMICILIO: Sector Puesco, Kilómetro 18, comuna de Curarrehue, región de La Araucanía, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que los accionistas acuerden establecer en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, a 25 de Noviembre de 2021.-