MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MUÑOZ Y LEIVA COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78981480-5 CVE 2052186
Capital
$6.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2021
Notario
Notario Suplente de doña Maria Soledad Santos Muñoz
Oficio
Séptima de Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 22 de Noviembre de 2021, ante mí, compareció.- don PATRICIO FRANCISCO MUÑOZ HENRIQUEZ, chileno, soltero, factor de comercio, domiciliado en Avenida Suecia N° 2396, de la Comuna de Providencia , Ciudad de Santiago; doña MARIA TERESA ANGELICA LEIVA GUTIERREZ, chilena, soltera, profesora, domiciliada en Alberto Krumm N° 229, Comuna de Buín, Región Metropolitana, y de paso en esta; don MIGUEL LUIS CARDENAS MUÑOZ, chileno, soltero, empresario, y, don MIGUEL ALEJANDRO CARDENAS CURÍN, chileno, soltero, empleado, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo Ohiggins N° 4050, oficina 513, Comuna de E stación Central, Ciudad de Santiago; y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada hoy denominada MUÑOZ Y LEIVA COMPAÑÍA LIMITADA, con el nombre de fantasía de WELL SIDE COMPANY SEGURIDAD DOS MIL LIMITADA, RUT.- 78.981.480-5, constituida por escritura pública de fecha 27 de Septiembre del año 1.999, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Gonzalo de La Cuadra Fabres, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 25201, número 19978, correspondiente al año 1999, y, se publicó en el Diario Oficial del día 27 de Octubre del año 1999.- Dicha sociedad ha sufrido varias modificaciones a la fecha siendo la ultima de fecha 30 de Abril del año 2.015, mediante escritura pública otorgada ante doña Carmen Hortensia Soza Muñoz, Notario Suplente de doña Maria Soledad Santos Muñoz, Notario público de la Séptima de Notaria de Santiago, un extracto de la misma se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 32.910, número 19.470, correspondiente al año 2.015, y, se publicó en el Diario Oficial del día 6 de Mayo del año 2.015.- El capital social es la suma de $6.000.000.- Que por el presente instrumento los comparecientes vienen en introducirle a la sociedad la siguiente modificación:- a) don PATRICIO FRANCISCO MUÑOZ HENRIQUEZ, dueño del 90%, de los derechos, haber, capital e interés social, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don MIGUEL LUIS CARDENAS MUÑOZ, quien los compra, adquiere y acepta para si en la cantidad de $49.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, b) doña MARIA TERESA ANGELICA LEIVA GUTIERREZ, dueña del 2%, de los derechos, haber, capital e interés social, vende cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales de la siguiente forma: Uno. A don MIGUEL ALEJANDRO CARDENAS CURÍN, el equivalente al 1% del total de los derechos sociales quien los compra, adquiere y acepta para si en la cantidad de $500.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo; y, Dos.- A don MIGUEL LUIS CARDENAS MUÑOZ, el equivalente al 1%, del total de los derechos sociales quien los compra, adquiere y acepta para si en la cantidad de $500.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo.- En virtud de la presente cesión de derechos, son únicos y exclusivos socios de la sociedad, MUÑOZ Y LEIVA COMPAÑÍA LIMITADA, con el nombre de fantasía de WELL SIDE COMPANY SEGURIDAD DOS MIL LIMITADA, y, dueños del 100%, de los derechos, haber e interés social, don MIGUEL LUIS CARDENAS MUÑOZ, con 99%; y, don MIGUEL ALEJANDRO CARDENAS CURÍN, con 1%, quienes vienen en introducir a la sociedad las siguientes modificaciones.- a) A contar de esta fecha la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MIGUEL LUIS CARDENAS MUÑOZ, amplias facultades escritura.- En todo lo no modificado continua vigente el primitivo pacto social.- Santiago, 29 de Noviembre de 2021.-