INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2021
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad, será, la intermediación de dinero, especialmente digital y criptomoneda; la importación y exportación de todo tipo de productos, por cuenta propia o de terceros, su distribución y comercialización; la representación de marcas; La asesoría y gestión en materias, administrativas y contables; la prestación de todo tipo de servicios, para la solución de requerimientos de personas y empresas, la participación en toda clase de negocios en Chile o en el extranjero cuyo objeto se relacione directa o indirectamente con las actividades antes señaladas y en general, la realización de todo tipo de actividades atingentes o no al objeto o giro antes señalado que los socios acuerden. PLAZO, El plazo de duración de la sociedad será de cinco años, a contar de la fecha de la presente escritura y se entenderá renovada, por periodos iguales, en forma sucesiva, tacita y automáticamente, salvo uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, con una anticipación mínima de tres meses, mediante escritura publica, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción del pacto social, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 22/11/2021 ante mí: BRAINNER GUSTAVO MARTINEZ QUINTERO, y don YOSMAN ALFREDO MARTINEZ QUINTERO, ambos con domicilio en esta ciudad, calle Agustinas N° 97 2, constituyeron una sociedad, con la RAZON SOCIAL “INVERSIONES SAN CRISTOBAL LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “SAN CRISTOBAL LTDA”; la ADMINISTRACION Y USO DE RAZON SOCIAL, corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los socios, sin perjuicio de las delegaciones que pudiere efectuar por escritura pública, quienes actuarán por la sociedad y la obligarán anteponiendo a su firmas la razón social y tendrán todas las facultades del giro ordinario de la sociedad. CAPITAL, El capital de la sociedad será la suma de SEIS MILLÓNES DE PESOS, que los socios aportan y pagaran en la forma que se indica: a) don BRAINNER GUSTAVO MARTINEZ QUINTERO aporta y paga en este acto, en efectivo la suma de cinco millones novecientos cuarenta mil pesos, para todos los efectos ingresado en caja social, y quedando íntegramente enterado su aporte.- b) don YOSMAN ALFREDO MARTINEZ QUINTERO, aporta y paga en este acto, en efectivo la suma de sesenta mil pesos, para todos los efectos ingresado en caja social, y quedando íntegramente enterado su aporte: OBJETO. El objeto de la sociedad, será, la intermediación de dinero, especialmente digital y criptomoneda; la importación y exportación de todo tipo de productos, por cuenta propia o de terceros, su distribución y comercialización; la representación de marcas; La asesoría y gestión en materias, administrativas y contables; la prestación de todo tipo de servicios, para la solución de requerimientos de personas y empresas, la participación en toda clase de negocios en Chile o en el extranjero cuyo objeto se relacione directa o indirectamente con las actividades antes señaladas y en general, la realización de todo tipo de actividades atingentes o no al objeto o giro antes señalado que los socios acuerden. PLAZO, El plazo de duración de la sociedad será de cinco años, a contar de la fecha de la presente escritura y se entenderá renovada, por periodos iguales, en forma sucesiva, tacita y automáticamente, salvo uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, con una anticipación mínima de tres meses, mediante escritura publica, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción del pacto social, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Demás estipulaciones, escritura extractada, Santiago, 22 de Noviembre de 2021.-