Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2021
- Notario
- Álvaro González Salinas
- Oficio
- 42º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración, construcción y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; c) La ejecución, desarrollo y prestación de servicios de turismo, hotelería, arriendo de cabañas y similares; y d) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas
Administración
corresponderá a un directorio compuesto por 3 miembros, cuyas reglas de funcionamiento se encuentran establecidas en la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro González Salinas, Abogado, Notario Público Titular de la 42º Notaría de Santiago, Agustinas 1070, piso 2, Santiago, Región Metropolitana, certifico: que, por escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2021, ante mi reemplazante, JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, don MARTIN HERNAN MAC-CLURE LEONICIO y don THOMAS CARLOS EGGERS HERING, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley número 18.046, sus modificaciones y Reglamento, conforme se indica en la escritura extractada: Nombre: WANTOK SpA. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración, construcción y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; c) La ejecución, desarrollo y prestación de servicios de turismo, hotelería, arriendo de cabañas y similares; y d) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Capital: $2.000.000.-, dividido en 2.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: 1) Don MARTÍN HERNÁN MAC-CLURE LEONICIO, suscribe 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un total de $1.000.000, suma que paga íntegramente de contado y en dinero en efectivo, el que ingresa en arcas sociales en acto de constitución; y 2) Don THOMAS CARLOS EGGERS HERING, suscribe 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un total de $1.000.000, suma que paga íntegramente de contado y en dinero en efectivo, el que ingresa en arcas sociales en acto de constitución. De esta forma, queda íntegramente suscrito y pagado el capital social. Domicilio: Santiago, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Administración: corresponderá a un directorio compuesto por 3 miembros, cuyas reglas de funcionamiento se encuentran establecidas en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de noviembre de 2021.