SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS Y LEGALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2021
- Notario
- MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
- Oficio
- 7ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
- El objeto de la sociedad será: a) La prestación integral de toda clase de servicios o asesorías profesionales médicas, en todas sus especialidades, por sí o por terceros, incluyendo control preventivo, diagnóstico, tratamiento e investigación de enfermedades y atención quirúrgica, como asimismo, el perfeccionamiento científico o académico de sus socios; b) La compra, construcción, instalación, administración, arriendo y explotación de clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casa de reposo, y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación, y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética de enfermos y personas; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; e) y cualquier otro negocio que acordaren los socios o se considere conveniente a los intereses sociales, y sin limitación de ninguna especie
Administración
- El uso de la razón social de la sociedad, su administración y representación de la sociedad, corresponderá exclusivamente a doña MONICA CECILIA GUACHALLA PIZARRO. Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO, 30 de Noviembre de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario público Titular de la 7ª Notaría Santiago, con oficio en Agustinas N.º 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 25 de noviembre de 2021, ante Mí, comparecieron: doña MONICA CECILIA GUACHALLA PIZARRO, domiciliada en calle La Siembra N° 455, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y don JAIME FELIPE GUACHALLA PIZARRO, domiciliado en Camino el Alba N° 9500, oficina B 00 6, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y modificaron la sociedad denominada “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS Y LEGALES LIMITADA”, RUT: 76.246.980-4, constituida por escritura pública de fecha 6 de diciembre de 2004, otorgada ante el Notario don Manuel Cammas Montes, titular de la primera Notaria de Maipú, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 39401 número 29307, correspondiente al año 2004.- Modificación y Transformación consiste: don JAIME FELIPE GUACHALLA PIZARRO, dueño del 25 por ciento de los derechos sociales totales, por la presente vende, cede y transfiere a doña MONICA CECILIA GUACHALLA PIZARRO, la totalidad de sus derechos sociales, ascendentes al 25 por ciento de los derechos sociales totales. El precio de esta cesión es la suma de $500.000, que doña MONICA CECILIA GUACHALLA PIZARRO, paga al contado y en dinero efectivo, y que el vendedor y cedente declara recibir a su entera satisfacción.- Como Consecuencia de la venta y cesión, queda como única socia de “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MEDICAS Y LEGALES LIMITADA”, doña MÓNICA CECILIA GUACHALLA PIZARRO quien determina transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una sociedad por acciones, cuyos estatutos extracto: Nombre:- MOPILA SpA.- Objeto:- El objeto de la sociedad será: a) La prestación integral de toda clase de servicios o asesorías profesionales médicas, en todas sus especialidades, por sí o por terceros, incluyendo control preventivo, diagnóstico, tratamiento e investigación de enfermedades y atención quirúrgica, como asimismo, el perfeccionamiento científico o académico de sus socios; b) La compra, construcción, instalación, administración, arriendo y explotación de clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casa de reposo, y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación, y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética de enfermos y personas; c) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; d) La adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; e) y cualquier otro negocio que acordaren los socios o se considere conveniente a los intereses sociales, y sin limitación de ninguna especie.- Capital:- $2.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de igual valor, y sin valor nominal, íntegramente suscritas, pagadas y enteradas en la caja social.- Administración:- El uso de la razón social de la sociedad, su administración y representación de la sociedad, corresponderá exclusivamente a doña MONICA CECILIA GUACHALLA PIZARRO. Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO, 30 de Noviembre de 2021.-