Eductrade Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2015
- Repertorio
- 23541-2021
- Notario
- ANDRÉS RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS RIEUTORD ALVARADO, Notario Público de la 36º Notaría de Santiago, oficio La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura de fecha 13 de octubre, repertorio 23.541-2021, ante mí, Don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCIA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos trece mil ochocientos sesenta y cinco guión nueve, en representación de “EDUCTRADE S.A”, RUT cincuenta y nueve millones doscientos once mil seiscientos ochenta guion cuatro número de Identificación fiscal español letra A guion veintiocho barra cuatrocientos treinta y cinco mil novecientos treinta y un mil, ambos domiciliados para estos efectos en Alfredo Barros Errazuriz 1954, oficina 1307, comuna de Providencia, en su calidad de único accionista de la sociedad “EDUCTRADE CHILE SpA”, RUT 76.481.345- 6, inscrita a fojas 52546 número 30569 año 2015 en el Registro de Comercio de Santiago, REVOCÓ EN TODAS SUS PARTES LAS FACULTADES CONFERIDAS a doña PAMELA KATHERINNE SALAMANCA VALLEJOS, cedula nacional de identidad numero 16.071.191-k y AMPLIÓ LAS FACULTADES de don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos trece mil ochocientos sesenta y cinco guion nueve y CONFIRIÓ FACULTADES a doña PAMELA ROXANA ZUÑIGA GONZALEZ , chilena , soltera, Ingeniero Civil Biomédico, cédula nacional de identidad número quince millones setenta y un mil ciento sesenta y dos guión dos. Modifica y reemplaza íntegramente el Articulo Tercero Transitorio de la escritura de constitución social de fecha 15 de julio de 2015, por el siguiente “ARTICULO TERCERO TRANSITORIO: Por el presente instrumento, y según lo indicado en el articulo segundo transitorio, se faculta a don EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCÍA, cédula nacional de identidad número doce millones quinientos trece mil ochocientos sesenta y cinco guion nueve, ya individualizado y a doña PAMELA ROXANA ZUÑIGA GONZALEZ, cédula de identidad nacional número quince millones setenta y un mil ciento sesenta y dos guión dos , para que actuando mancomunadamente y anteponiendo su firma a la razón social y sin ninguna limitación, puedan representar a la sociedad con las facultades detalladas en el número uno y dos del ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO”. Además , se faculta a DON EMMANUEL EDUARD BAEZA GARCIA para que conjunta o separadamente e indistintamente del administrador de la sociedad , anteponiendo su firma a la razón social , pueda representar a la sociedad con las facultades que se indican en los numerales tres , cuatro , siete , ocho , nueve , diez , once, doce , trece, catorce , quince , dieciséis , diecisiete y dieciocho del Artículo Segundo Transitorio . Por último , se faculta a doña PAMELA ROXANA ZUÑIGA GONZALEZ para que conjunta o separadamente e indistintamente del administrador de la sociedad , anteponiendo su firma a la razón social , pueda representar a la sociedad con las facultades que se indican en los numerales cuatro, siete , ocho , nueve , doce , trece , catorce , quince , dieciséis , diecisiete y dieciocho del Artículo Segundo Transitorio. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 02 de noviembre de 2021.