MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL NISHKA LIMITADA

RUT 76450498-4 CVE 2051119
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
5 de octubre de 2016

Instrumento

Fecha
5 de octubre de 2016
Notario
MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Domicilio
Iquique

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Notario Público Titular Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública hoy ante mi, SANJAY PREMKUMAR BACHANI, RENUKA JETHANAND DHAMEJA, ambos domiciliados en Avenida Arturo Prat 2272, departamento 1202, Edificio Domínica, Condominio Las Antillas, comuna y ciudad de Iquique; y, SANTOSH VARYANI, MOTI RAM VARYANI, KARINA VARYANI, todos domiciliados en Avenida Arturo Prat 2272, departamento 1001, Edificio Domínica, Condominio Las Antillas, comuna y ciudad de Iquique; modificaron sociedad “COMERCIAL NISHKA LIMITADA” o “NISHKA LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 5 de octubre de 2016, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Patricio Torres Velozo, Suplente del Titular don Néstor Araya Blazina, inscrita a fojas 1691 vuelta N° 1235, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, del año 2016.- Modificación consiste: Socio SANTOSH VARYANI, vende, cede y transfiere: a) el 20% del capital social, a don SANJAY PREMKUMAR BACHANI, quien compra y adquiere para sí, en la suma de $2.000.000; y, b) el 20% del capital social, a doña RENUKA JETHANAND DHAMEJA, quien compra y adquiere para sí, en la suma de $2.000.000. El socio MOTI RAM VARYANI, vende, cede y transfiere el 10% del capital social, a doña RENUKA JETHANAND DHAMEJA, quien compra y adquiere para sí, en la suma de $1.000.000. La socia KARINA VARYANI, vende, cede y transfiere el 5% del capital social, a doña RENUKA JETHANAND DHAMEJA, quien compra y adquiere para sí, en la suma de $500.000. La sociedad “COMERCIAL NISHKA LIMITADA”, queda conformada de la siguiente manera: a) SANJAY PREMKUMAR BACHANI, con participación social equivalente al 60% del haber total de la sociedad; y, b) RENUKA JETHANAND DHAMEJA, con participación social equivalente al 40% ciento del haber total de la sociedad.- Se modifica la cláusula Séptima del pacto social, en sentido que administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios don SANJAY PREMKUMAR BACHANI y doña RENUKA JETHANAND DHAMEJA, quienes actuando conjunta, separada o indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, y podrán obligarla válidamente en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con su giro ordinario, en especial, en la celebración de los actos y contratos que señala la referida cláusula Séptima del pacto social. En todo lo no modificado por la presente escritura, regirá plenamente el Contrato de Constitución de Sociedad.- Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 18 de Octubre 2021.-