MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES JACARANDA LIMITADA

RUT 77150270-9 CVE 2050383
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de noviembre de 2021
Notaría
Concepción de don

Instrumento

Fecha
10 de noviembre de 2021
Repertorio
5095
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción
Comuna
Concepción de don

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, abogado, Notario Público de Concepción, con domicilio en O’Higgins 528, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 10 de noviembre de 2021, Repertorio 5095, ante mí, ALEJANDRO GONZALO RIQUELME BADILLA, domicilio comuna de Concepción, calle Los Pinos Nº 70; doña MARIA GRACIELA RIQUELME BADILLA, domicilio comuna de Providencia, Santiago, calle Suecia 1033, Departamento 702, y don FELIPE RAFAEL ESPERIDION ROJAS VERA, domicilio en la comuna de Providencia, Santiago, calle Suecia 1033, Departamento 702, modificaron sociedad responsabilidad limitada INMOBILIARIA E INVERSIONES JACARANDA LIMITADA, sociedad constituida por escritura pública de fecha 17 de abril de 1998, otorgada en la Notaría de Concepción de don Enrique Herrera Silva, en extracto inscrita a fojas 530, bajo el número 415 del Registro de Comercio correspondiente al año 1998, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y publicada en el Diario Oficial de la República de fecha 30 de abril de 1998, capital social es la suma de $3.000.000, en siguientes términos: Uno.- El socio don ALEJANDRO GONZALO RIQUELME BADILLA vende, cede y transfiere sus acciones y derechos en la sociedad ascendentes a un cincuenta por ciento del total del interés social a don FELIPE RAFAEL ESPERIDION ROJAS VERA, quien a su vez las compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la venta asciende a la suma de $1.500.000.-, que el comprador paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo.- Como consecuencia de la cesión de derechos indicada se retira de la sociedad el socio don ALEJANDRO GONZALO RIQUELME BADILLA, e ingresa a la sociedad don FELIPE RAFAEL ESPERIDION ROJAS VERA, quedando como actuales y únicos socios doña MARIA GRACIELA RIQUELME BADILLA, con un cincuenta por ciento de participación en el haber social y don FELIPE RAFAEL ESPERIDION ROJAS VERA, con un cincuenta por ciento de participación en el haber social.- Dos.- Modifican la cláusula cuarta del estatuto social en el sentido de que la administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña MARIA GRACIELA RIQUELME BADILLA.- Tres.- Modifican la cláusula séptima del estatuto social en el sentido que la duración de la sociedad será indefinida.- Cuatro. Se elimina la cláusula octava del estatuto social. Cinco.- Se modifica la cláusula décimo segunda del estatuto social en cuanto a que los socios designan como árbitro arbitrador al abogado don Fernando Aravena Bascuñán, con domicilio en Concepción, calle Caupolicán 374, oficina 511.- Demás estipulaciones escritura extractada.- CONCEPCION, 30 de noviembre de 2021.