MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS E INVERSIONES LOS REYES LIMITADA

RUT 77472090-1 CVE 2050837
Capital
$4.128.751 CLP
Fecha instrumento
23 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de noviembre de 2021
Notario
Juan Ricardo San Martin Urrejola
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.128.751 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 23 de noviembre de 2021, ante mí, comparecieron: don MANUEL LUPERCIO REYES CASTRO, cédula de identidad número 6.459.117-7; doña MYRIAM NANCY RUIZ TAMAYO, cédula de identidad número 6.920.940-8; doña GABRIELA ALEJANDRA REYES RUIZ, cédula de identidad número 15.363.921-3; don JAVIER IGNACIO REYES RUIZ, cédula de identidad número 16.019.521-5; y don JOSÉ MANUEL REYES RUIZ, cédula de identidad número 17.602.610-3; todos domiciliados para estos efectos en calle Las Campanas 458, comuna de Chicureo, Colina, Región Metropolitana; quienes, en su calidad de únicos y actuales socios de ASESORÍAS E INVERSIONES LOS REYES LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 16.730, número 13.442 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2000, quienes acordaron: i) aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $4.128.751, y por lo tanto de la suma de $100.000.000 a la suma de $104.128.751, mediante la capitalización de la cuenta de revalorización de capital propio de la Sociedad, reemplazando íntegramente el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $104.128.751, que ha sido pagado por los únicos y actuales socios con anterioridad a esta fecha, como sigue: (a) don Manuel Lupercio Reyes Castro, ha pagado la suma de $19.159.690, equivalente aproximadamente a un 18% de los derechos sociales; (b) doña Myriam Nancy Ruiz Tamayo, ha pagado la suma de $6.247.725, equivalente aproximadamente a un 6% de los derechos sociales; (c) doña Gabriela Alejandra Reyes Ruiz, ha pagado la suma de $37.069.836, equivalente aproximadamente a un 36% por ciento de los derechos sociales; (d) don Javier Ignacio Reyes Ruiz, ha pagado la suma de $20.825.750, equivalente aproximadamente a un 20% de los derechos sociales; y (e) don José Manuel Reyes Ruiz, ha pagado la suma de $20.825.750, equivalente aproximadamente a un veinte por ciento de los derechos sociales”; ii) disminuir el capital social en la suma de $13.874.400, y por lo tanto de la suma de $104.128.751 a la suma de $90.254.351, que se ha pagado a los socios que corresponde, según consta en la escritura extractada; iii) como consecuencia de la disminución de capital referida precedentemente, reemplazar íntegramente el artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital de la Sociedad, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $90.254.351, el que se ha pagado con anterioridad a esta fecha por los únicos y actuales socios de la siguiente forma: (a) don Manuel Lupercio Reyes Castro, ha pagado la suma de $11.159.690, equivalente aproximadamente a un 12,4% de los derechos sociales; (b) doña Myriam Nancy Ruiz Tamayo, ha pagado la suma de $3.993.725, equivalente aproximadamente a un 4,4% por ciento de los derechos sociales; (c) doña Gabriela Alejandra Reyes Ruiz, ha pagado la suma de $36.229.436, equivalente aproximadamente a un 40,1% de los derechos sociales; (d) don Javier Ignacio Reyes Ruiz, ha pagado la suma de $18.045.750, equivalente aproximadamente a un 20% de los derechos sociales; y (e) don José Manuel Reyes Ruiz, ha pagado la suma de $20.825.750, equivalente aproximadamente a un 23,1% de los derechos sociales”; y, iv) reemplazar íntegramente el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, referido a la administración de la misma, designando como administradores a don Manuel Lupercio Reyes Castro y a doña Myriam Nancy Ruiz Tamayo, quienes anteponiendo a su firma la razón social, sin limitaciones representarán a la Sociedad con las facultades estipuladas en el referido artículo cuarto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de noviembre del 2021.