SOCIEDAD DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION GEMING LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2021
- Notario
- OSVALDO RODRIGO MANTHEY PINTO
- Domicilio
- Titular don Pedro Felipe Villarino Krumm
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSVALDO RODRIGO MANTHEY PINTO, Abogado, Notario Público Suplente del Titular don Pedro Felipe Villarino Krumm, con domicilio en La Serena, calle Los Carrera 524, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de Noviembre 2021, ante mí, don don MARCELO ELÍAS MORALES MIRANDA, trabajador dependiente, calle Francisco Antonio Encina número mil novecientos sesenta y cinco, Villa de Peñuelas, comuna de Coquimbo, de paso por esta ciudad; don SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA, trabajador dependiente, calle Domingo Santa María número dos mil novecientos noventa y cinco, Serena Oriente, comuna de La Serena, por sí y en representación de doña JIMENA ALEJANDRA VENEGAS ITURRIAGA, ingeniero constructor, calle Domingo Santa María número dos mil novecientos noventa y cinco, Serena Oriente, comuna de La Serena; modificaron la “SOCIEDAD DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION GEMING LIMITADA”, constituida 06.07.2012 ante el Notario Público de La Serena, don Óscar Fernández Mora, extracto inscrito a fojas 1085 N° 574 Registro Comercio La Serena de 2012, modificada 30.05.2013 ante la Notario Público de La Serena, doña Elena Leyton Carvajal, extracto inscrito a fojas 1424 N° 722 Registro de Comercio La Serena de 2013, en sig. Sentidos: Por este acto, el socio don MARCELO ELÍAS MORALES MIRANDA, libre y voluntariamente, vende, cede y transfiere toda su participación e interés en la “SOCIEDAD DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION GEMING LIMITADA”, a don SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA, quién la compra, acepta y adquiere para sí. Precio indicado en la escritura. Por el mismo instrumento, don SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA, en representación de la socia doña JIMENA ALEAJANDRA VENEGAS ITURRIAGA, libre y voluntariamente, se vende, cede y transfiere a sí mismo, el noventa y nueve por ciento de la participación e interés que su representada tiene en la “SOCIEDAD DE INGENIERIA Y CONSTRUCCION GEMING LIMITADA”, quién la compra, acepta y adquiere para sí. Precio indicado en la escritura. Por el mismo instrumento: 1. La cláusula Sexta del Estatuto “Del Capital Social”, se reemplazará por lo siguiente: En adelante, el capital de la sociedad será la suma de trescientas cincuenta Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos moneda nacional, el que al momento de la suscripción del presente instrumento asciende a la suma de diez millones quinientos dieciocho mil trescientos veintiséis pesos chilenos, quedando el capital social aumentado a la suma señalada, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma A.- El socio SEBASTIÁN ENRIQUE CATALÁN GARCÍA aporta la suma de nueve millones ochocientos quince mil ciento cuarenta y dos coma setenta y cuatro pesos, en dinero en efectivo, que ingresa en este acto a la caja social. – La socia doña JIMENA ALEJANDRA VENEGAS ITURRIAGA, debidamente representada, aporta la suma de ciento tres mil ciento ochenta y tres coma veintiséis pesos, en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social. - 2: La cláusula Séptima “De la distribución de las utilidades y pérdidas”, se reemplaza en lo pertinente por: Las ganancias y eventuales pérdidas se repartirán entre los socios a prorrata de su participación e interés en la sociedad, dividiendo las ganancias y pérdidas en dicha proporción. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 16 de Noviembre 2021. Carat 749 pgp.