Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $300.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
UNO: La inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, tales como valores, acciones, promesas de acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, todo tipo de derivados, como forwards, operaciones a plazo o simultáneas y debentures; planes de ahorro, cuotas de inversión, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; pudiendo adquirir, gravar, enajenar, invertir, percibir, explotar y administrar a cualquier título los señalados bienes y valores; adquirir, gravar, enajenar, explotar y administrar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en especial bienes raíces urbanos o rústicos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena las inversiones y obtener rentas; DOS: La comercialización, distribución, elaboración, compraventa, arrendamiento, importación, exportación y representación de todo tipo de bienes, productos o artículos ya sean éstos nacionales o extranjeros por cuenta propia o ajena; y TRES: La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, tecnológico y técnico, y todo negocio o actividad que se relacione. Las actividades podrán desarrollarse tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, y se podrán realizar directamente o por medio de terceros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá constituir, participar o asociarse con otras sociedades, constituidas tanto en el país como en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 15/11/2021, ante mí, doña Sindia Pereira das Neves y doña Joan Gubbins Pereira das Neves, ambas domiciliadas en Avenida El Bosque número mil doscientos ochenta y cinco, departamento quinientos dos, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones razón social “JJS SpA”, pudiendo usar nombre de fantasía “JJS SpA” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Administración y uso razón social: doña Sindia Pereira das Neves y a doña Andrea Julia Rosales Vergara, quienes podrá actuar de manera indistinta y separada, anteponiendo a sus firmas el nombre y razón social de la sociedad, con amplias facultades indicadas en escritura social. Objeto: UNO: La inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, tales como valores, acciones, promesas de acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, todo tipo de derivados, como forwards, operaciones a plazo o simultáneas y debentures; planes de ahorro, cuotas de inversión, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; pudiendo adquirir, gravar, enajenar, invertir, percibir, explotar y administrar a cualquier título los señalados bienes y valores; adquirir, gravar, enajenar, explotar y administrar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en especial bienes raíces urbanos o rústicos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena las inversiones y obtener rentas; DOS: La comercialización, distribución, elaboración, compraventa, arrendamiento, importación, exportación y representación de todo tipo de bienes, productos o artículos ya sean éstos nacionales o extranjeros por cuenta propia o ajena; y TRES: La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, tecnológico y técnico, y todo negocio o actividad que se relacione. Las actividades podrán desarrollarse tanto en el ámbito nacional como en el extranjero, y se podrán realizar directamente o por medio de terceros. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá constituir, participar o asociarse con otras sociedades, constituidas tanto en el país como en el extranjero. Duración: indefinida. Capital social: $300.000.- dividido en treinta acciones nominativas, ordinarias, de única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma siguiente: Uno- doña Sindia Pereira das Neves suscribe quince acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $150.000.- del capital social que se pagan en este acto y en dinero en efectivo. Dos- doña Joan Gubbins Pereira da Neves suscribe quince acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $150.000.- del capital social que se pagan en este acto y en dinero en efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de noviembre de 2021.-