MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Avus SpA

RUT 76582594-6 CVE 2049764
Fecha instrumento
28 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 2021
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

Artículo Noveno. Forma de la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: que con fecha 08 de noviembre de 2021, ante mí, se redujo a Escritura Pública, Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES AVUS SpA, de fecha 28 de septiembre de 2021, en cuya virtud los accionistas acordaron modificar la sociedad en el siguiente sentido: 1) Incorporar como administradores, además de la administradora doña María Soledad Diez González, quien puede actuar por sí sola, a don Antonio Jesús Carracedo Diez, doña Fabiola Carracedo Diez y don Aníbal Carracedo Diez, quienes deberán actuar en la forma, con las facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada. 2) Se reemplaza el Artículo Noveno y Décimo de la cláusula QUINTO de los estatutos, en el siguiente sentido: “QUINTO: DE LA ADMINISTRACION. Artículo Noveno. Forma de la Administración: La sociedad será administrada por uno o más administradores, quienes actuarán en la forma que se señala más adelante, designados por los accionistas para tales efectos, a los que les corresponderá el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Artículo Décimo. Administrador: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida por doña MARÍA SOLEDAD DIEZ GONZÁLEZ por sí sola, o conjuntamente por dos cualesquiera de los señores ANTONIO JESÚS CARRACEDO DIEZ, doña FABIOLA CARRACEDO DIEZ o don ANÍBAL CARRACEDO DIEZ quienes la representarán con amplias facultades, y, excepcionalmente las siguientes facultades de administración, sólo las podrá ejercer MARÍA SOLEDAD DIEZ GONZÁLEZ por sí sola, o bien deberán actuar los tres administradores conjuntamente ANTONIO JESÚS CARRACEDO DIEZ, FABIOLA CARRACEDO DIEZ y DON ANÍBAL CARRACEDO DIEZ: Uno) Vender, permutar, enajenar a cualquier título, toda clase de bienes raíces; Dos) Dar y tomar bienes en mutuo; Tres) dar bienes en hipoteca; incluso con cláusula de garantía general, posponerlas, alzarlas y servirlas, ya sea en garantía de obligaciones propias o de terceros; Cuatro) dar en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, en garantía de obligaciones propias o de terceros; Cinco) otorgar toda clase de cauciones, sean reales o personales, y toda clase de garantías a favor o en contra de la sociedad; Seis) avalar, afianzar y constituir a la sociedad en codeudora solidaria; Siete) contratar préstamos, en cualquier forma, con cualquier persona natural o jurídica, de derecho público o de derecho privado con instituciones de crédito y/o fomento, sea como créditos en cuenta corriente, créditos simples, créditos documentarios, créditos en cuentas especiales, avances contra aceptación, líneas de crédito o en cualquier otra forma; Ocho) donar bienes raíces sociales”. Demás facultades en escritura extractada. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de noviembre de 2021.