MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

IMPORTADORA DE MANILLAS SANTIAGO LIMITADA

RUT 76030434-4 CVE 2049938
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2021

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2021

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifico: Por escritura pública ante Notario Suplente de este Oficio, Christian Alejandro Ortiz Cáceres, de fecha 14/10/2021; TERESA HURY GONZALEZ CORTES, domiciliada en Avenida Lazo N° 1.885, Comuna Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana; doña CECILIA JOHANA DIAZ GONZALEZ, domiciliada en Avenida Lazo N° 1.885, Comuna Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana, por si y en representación de don OSCAR HERNAN DIAZ GONZALEZ, domiciliado en Avenida Américo Vespucio N° 1.264, de partamento 1.510, Comuna de Maipú, Región Metropolitana; don BERNARDO MARCELO DIAZ GONZALEZ, domiciliado en calle Ignacio Valdivieso N° 2.268, Comuna de San Joaquín, Región Metropolitana; doña VIVIANA CATALINA DIAZ GONZALEZ, domiciliada en Pasaje Los Cristianos N° 2.935, Comuna Maipú, Región Metropolitana; CAROLINA TERESA DIAZ GONZALEZ, domiciliada en calle Márquez de Ovando N° 1.886, Comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana. Que la sociedad de responsabilidad limitada “IMPORTADORA DE MANILLAS SANTIAGO LIMITADA”, RUT 76.030.434-4, cuyo capital asciende a $30.000.000, fue constituida por escritura pública de fecha 20 agosto del año 2.008, otorgada ante el Notario Público doña Alicia Espinoza Cid, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4.567 , Comuna de San Miguel, inscribiéndose el correspondiente extracto a fojas 39.319 número 27.053 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2.008 y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 3 de septiembre del año 2.008. Don OSCAR HERNAN DIAZ GONZALEZ, representado en la forma indicada, cede y transfiere a doña CECILIA JOHANA DIAZ GONZALEZ, quien acepta y adquiere para sí el 10,71% que le corresponden a este en la sociedad “IMPORTADORA DE MANILLAS SANTIAGO LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de $3.210.000, que la cesionaria paga en dinero efectivo en este acto al cedente, quien declara recibirlo a su entera satisfacción. Don OSCAR HERNAN DIAZ GONZALEZ, representado en la forma indicada, cede y transfiere a don BERNARDO MARCELO DIAZ GONZALEZ, quien acepta y adquiere para sí el 5% que le corresponden a este en la sociedad “IMPORTADORA DE MANILLAS SANTIAGO LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de $1.500.000, que el cesionario paga en dinero efectivo en este acto al cedente quien declara recibirlo a su entera satisfacción. Don OSCAR HERNAN DIAZ GONZALEZ, representado en la forma indicada, cede y transfiere a doña VIVIANA CATALINA DIAZ GONZALEZ, quien acepta y adquiere para sí el 5% que le corresponden a este en la sociedad “IMPORTADORA DE MANILLAS SANTIAGO LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de $1.500.000, que la cesionaria paga en dinero efectivo en este acto al cedente quien declara recibirlo a su entera satisfacción. Don OSCAR HERNAN DIAZ GONZALEZ, representado en la forma indicada, cede y transfiere a doña CAROLINA TERESA DIAZ GONZALEZ, quien acepta y adquiere para sí el 5 % que le corresponden a este en la sociedad “IMPORTADORA DE MANILLAS SANTIAGO LIMITADA”. El precio de esta cesión es la suma de $1.500.000, que la cesionaria paga en dinero efectivo en este acto al cedente quien declara recibirlo a su entera satisfacción. En consecuencia, y producto de la cesión de derechos sociales señalada quedan como únicos socios de “IMPORTADORA DE MANILLAS SANTIAGO LIMITADA”, doña TERESA HURY GONZALEZ CORTES con el 51,45% de los derechos sociales, equivalente a $15.435.000 del capital, doña CECILIA JOHANA DIAZ GONZALEZ con el 16,42% de los derechos sociales, equivalente al $4.926.000 del capital, BERNARDO MARCELO DIAZ GONZALEZ con el 10,71% de los derechos sociales, equivalentes a $3.213.000 del capital, doña VIVIANA CATALINA DIAZ GONZALEZ con el 10,71% de los derechos sociales, equivalentes a $3.213.000 del capital y doña CAROLINA TERESA DIAZ GONZALEZ con el 10,71% de los derechos sociales, equivalentes a $3.213.000 del capital respectivamente. En lo no modificado por el presente instrumento seguirán plenamente vigentes todas las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 25 de Noviembre de 2021.