Asesorías e Inversiones L&M SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2021
- Repertorio
- 21460-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
/a) la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, legales, contables, tributarios, financieros, publicitarios, o comerciales; /b) efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en Chile o en el extranjero, con fines exclusivamente rentísticos; y c) en general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con los objetos anteriores
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIván Torrealba Acevedo, Notario Titular de la 33° Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, of. 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de 10 de noviembre de 2021, Repertorio N° 21.460-2021, ante mi, don Pedro Eduardo Lagos Charme, cédula de identidad número 15.315.826-6, doña Francisca Muñoz Vicuña, cédula de identidad número 15.959.307-k, y doña María José Covarrubias Lagos, cédula de identidad número 20.664.770-1, constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: Asesorías e Inversiones L&M SpA. Accionistas: Pedro Eduardo Lagos Charme, Francisca Muñoz Vicuña y María José Covarrubias Lagos. Objeto: /a/ la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios profesionales, legales, contables, tributarios, financieros, publicitarios, o comerciales; /b/ efectuar inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en Chile o en el extranjero, con fines exclusivamente rentísticos; y c) en general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada con los objetos anteriores. Capital. La cantidad de $500.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas de la forma indicada en el artículo primero transitorio. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado como se indica en el artículo primero transitorio de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2021.