CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS OTORRINOLARINGOLOGICOS R&A LIMITADA

CVE 2049350
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de noviembre de 2021
Notaría
Castro
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
16 de noviembre de 2021
Notario
PEDRO HERNÁN LARRERE CASTRO
Oficio
Primera Notaría de Castro
Comuna
Castro

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Castro
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO HERNÁN LARRERE CASTRO, Notario Público Titular Primera Notaría de Castro, calle Balmaceda 286 Castro, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, 16 noviembre 2021, CONSTANZA PAOLA ROJAS PÉREZ, domiciliada Ernesto Riquelme 1278 Castro y WALESKA NOEMÍ ANDRADE ARAVENA, domiciliada Regidor Arturo Antoniz 803 Castro, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre o Razón Social: “SERVICIOS OTORRINOLARINGOLOGICOS R&A LIMITADA”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de todo tipo de servicios médicos, en las distintas áreas o especialidades de la Otorrinolaringología, en sus diversas formas, preventiva o curativa; b) la cirugía y procedimientos asociados, prevención, tratamientos y rehabilitación de pacientes, en forma ambulatoria u hospitalaria; c) la compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la medicina, centros médicos, consulta y similares. Domicilio: ciudad de Castro, sin perjuicio agencias o sucursales en otros lugares del país o extranjero. Capital: $1.000.000, que socios aportan por partes iguales, es decir, cada uno de ellos $500.000, en dinero en efectivo, íntegramente ingresado arcas sociales. Responsabilidad socios queda limitada hasta monto respectivos aportes. Administración y Uso Razón Social: corresponderá, indistintamente a CONSTANZA PAOLA ROJAS PÉREZ y WALESKA NOEMÍ ANDRADE ARAVENA, quienes anteponiendo a su firma razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, conforme cláusula octava pacto social. Duración: indefinida, sin perjuicio que ante el fallecimiento de cualquiera de los socios se producirá, a priori, la extinción de esta. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Castro, 26 noviembre 2021.