INVERSIONES SAMAGRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2021
- Repertorio
- 49386-2021
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La Sociedad empezará a regir el día de la firma de la presente escritura, y tendrá duración de diez años renovables automáticamente por otros del mismo periodo, salvo que los socios manifiesten expresamente su voluntad de ponerle término a la Sociedad mediante el otorgamiento de escritura pública inscrita al margen de la inscripción social
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito; /b) la participación en cualquier tipo de entidad legal o sociedad, especialmente sociedades civiles o comerciales, y el ejercicio de las facultades que le corresponda como socio, accionista o administrador de dichas entidades; c) prestar todo tipo de servicios, asesorías y consultorías en materias económicas, financieras, de inversión, contables, de administración y dirección corporativa; y d) cualquier otra actividad que los socios acuerden y que esté relacionada con el objeto de la sociedad
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente, a dos cualquiera de los socios, de modo que, dos cualquiera de ellos, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará con las más amplias facultades
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| BENEDICTO AGUADO CATÓN | socio | 10777335-1 | — | — | |
| ELPIDIA MARÍA ANJÉLICA CATÓN GARCÍA | socio | 2805278-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, Santiago, certifico: Por escritura pública de 29 de octubre de 2021 ante mí, bajo el repertorio N° 49.386-2021, don BENEDICTO AGUADO CATÓN, R.U.T. N° 10.777.335-1; doña ELPIDIA MARÍA ANJÉLICA CATÓN GARCÍA, R.U.T. N° 2.805.278-2; don MARIO BENEDICTO AGUADO LONGUEIRA R.U.T. N°3.930.001-K; don ALEJANDRO AGUADO CATÓN R.U.T. N°8.802.706-K; doña MARÍA SOLEDAD AGUADO CATÓN R.U.T. 7.352.756-2; y doña ANDREA AGUADO CATÓN R.U.T N° 10.777.336-K, todos domiciliados en Calle Exposición 1511, Estación Central, Santiago; acordaron, entre otros: producto de división de “HARAS SANTA ELADIA LIMITADA”, hoy “AGRÍCOLA SANTA ELADIA LIMITADA”, Sociedad inscrita a fojas 24 vuelta, N°26 del año 2002 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: El nombre o razón social de la será “INVERSIONES SAMAGRA LIMITADA”, en adelante la “Sociedad”. Domicilio: el domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Duración: La Sociedad empezará a regir el día de la firma de la presente escritura, y tendrá duración de diez años renovables automáticamente por otros del mismo periodo, salvo que los socios manifiesten expresamente su voluntad de ponerle término a la Sociedad mediante el otorgamiento de escritura pública inscrita al margen de la inscripción social. Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito; /b/ la participación en cualquier tipo de entidad legal o sociedad, especialmente sociedades civiles o comerciales, y el ejercicio de las facultades que le corresponda como socio, accionista o administrador de dichas entidades; c) prestar todo tipo de servicios, asesorías y consultorías en materias económicas, financieras, de inversión, contables, de administración y dirección corporativa; y d) cualquier otra actividad que los socios acuerden y que esté relacionada con el objeto de la sociedad. Capital: El capital de la sociedad será la suma de dos mil cuatrocientos cuatro millones trescientos treinta y seis mil setecientos noventa y tres pesos, que los socios aportan, pagan y pagarán de la siguiente manera y en las siguientes proporciones: /a/ don BENEDICTO AGUADO CATÓN, ha aportado y pagado la suma de doscientos once millones quinientos ochenta y un mil seiscientos treinta y ocho pesos, correspondientes a aproximadamente un ocho coma ocho por ciento del haber social; /b/ doña ELPIDIA MARÍA ANJÉLICA CATÓN GARCÍA, ha aportado y pagado la suma de mil cuatrocientos cuarenta y dos millones seiscientos dos mil setenta y seis pesos, correspondientes a aproximadamente un sesenta por ciento del haber social; c) don MARIO BENEDICTO AGUADO LONGUEIRA, ha aportado y pagado la suma de ciento quince millones cuatrocientos ocho mil ciento sesenta y seis pesos, correspondientes a aproximadamente un cuatro coma ocho por ciento del haber social; d) don ALEJANDRO AGUADO CATÓN, ha aportado y pagado la suma de doscientos once millones quinientos ochenta y un mil seiscientos treinta y ocho pesos, correspondientes a aproximadamente un ocho coma ocho por ciento del haber social; /e/ doña MARÍA SOLEDAD AGUADO CATÓN, ha aportado y pagado la suma de doscientos once millones quinientos ochenta y un mil seiscientos treinta y ocho pesos, correspondientes a aproximadamente un ocho coma ocho por ciento del haber social; y, /f/ doña ANDREA AGUADO CATÓN, ha aportado y pagado la suma de doscientos once millones quinientos ochenta y un mil seiscientos treinta y ocho pesos, correspondientes a aproximadamente un ocho coma ocho por ciento del haber social. Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente, a dos cualquiera de los socios, de modo que, dos cualquiera de ellos, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará con las más amplias facultades. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2021.