CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA RAPID HOUSE, LIMITADA

CVE 2049040
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2021
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Santiago. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jorge Alonso Manríquez Henríquez quien, actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la representará y obligará de manera amplia e irrestricta, con las más amplias facultades concebibles. El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000 que los socios aportaron y enteraron por ese acto en la caja social de la compañía en dinero efectivo, en la proporción individual de un 50%, esto es, $1.500.000 cada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular de la décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1235, segundo piso, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2021, ante mí, doña JAVIERA VALENTINA CÁRDENAS VIZCARRA, soltera, arquitecto, domiciliada en Las Pimpinelas N°840 departamento 91, Comuna de Concón, de paso en ésta y don JORGE ALONSO MANRÍQUEZ HENRÍQUEZ, casado, arquitecto, domiciliado en calle Bombero Ossa N°1010, departamento 510, Santiago constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, la que se regirá por las disposiciones del estatuto que extracto y, supletoriamente, por las demás normas legales o reglamentarias que tengan atingencia con esta materia.- La razón social será "INVERSIONES E INMOBILIARIA RAPID HOUSE, LIMITADA" y su objeto será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, la realización de toda clase de inversiones lucrativas y actos de comercio en general respecto de: Uno) Toda clase de bienes inmuebles, sean estos predios agrícolas o urbanos; la administración, tasación, construcción, corretaje, subdivisión y loteo de los mismos; El arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios.- Dos) Realizar actos de comercio sobre bienes corporales o incorporales, muebles de toda clase, valores mobiliarios, derechos en sociedades, cooperativas y comunidades, títulos de renta, efectos de comercio, bonos, debentures, warrants, patentes, marcas, licencias, proceso y concesiones de cualquier naturaleza, acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos, y percibir sus frutos; Tres) La importación y exportación de toda clase de vehículos de cualquier clase, maquinarias, materias primas y bienes muebles en general y su distribución y comercialización por cuenta propia y/o ajena; Cuatro) La puesta en marcha, administración, desarrollo, producción, explotación y en general la realización de toda clase de actos de comercio e inversiones lucrativas en establecimientos, consultas y bienes inmuebles en general; y Cinco). Las actividades profesionales y/o comerciales que fueren complementarias o anexas a los giros ya indicados y que acuerden los socios.- Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.- Domicilio social: la ciudad de Santiago. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jorge Alonso Manríquez Henríquez quien, actuando por la sociedad y anteponiendo a su firma la razón social, la representará y obligará de manera amplia e irrestricta, con las más amplias facultades concebibles. El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000 que los socios aportaron y enteraron por ese acto en la caja social de la compañía en dinero efectivo, en la proporción individual de un 50%, esto es, $1.500.000 cada socio.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes y/o derechos sociales.- La participación en las utilidades y la contribución a las eventuales pérdidas se distribuirá y/o soportará por los socios en la misma proporción de sus aportes.- La duración de la sociedad será de tres años contados desde la fecha del pacto social.- Dicho término se renovará tácita y sucesivamente por períodos iguales de tres años cada uno, si concurren las condiciones señaladas en escritura que extracto.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 11 de noviembre de 2021.-