MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES BAMBÚ LIMITADA

RUT 77479078-0 CVE 2048764
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2021

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2021
Repertorio
139311-2021-2021
Notario
SERGIO WALDO ARENAS BENONI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Ley aplicable
Ley 14.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO WALDO ARENAS BENONI, Abogado, Notario Público titular de San Miguel, con asiento en La Cisterna y oficio ubicado en calle Gran Avenida José Miguel Carrera número 8006, CERTIFICO: que por escritura pública, otorgada con fecha 17 de noviembre de 2021, ante mí, Repertorio 139.311-2021-2021; doña DANIELA PAZ FLORES MORALES, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad, número 16.522.176-1, debidamente facultada por: a) IVO ENRIQUE SAZUNIC YÁÑEZ, chileno, casado y separado de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad número siete millones ciento cinco mil cuatrocientos setenta y uno guion tres; b) MARÍA SOLEDAD COVARRUBIAS ESCOBAR, chilena, casada y separada de bienes, médico cirujano, cédula nacional de identidad número seis millones trecientos setenta y dos mil ochocientos sesenta y ocho guion tres, c) MAITE SAZUNIC COVARRUBIAS, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número veinte millones seiscientos noventa y cuatro mil cuatrocientos veintitrés guion cuatro, todos con domicilio en calle Las Torcazas número 220, departamento número 41, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, d) doña CATALINA SAZUNIC COVARRUBIAS, chilena, soltera, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diecisiete millones noventa mil sesenta y un guion ocho, con domicilio en calle Alsacia número 151, departamento número 1505, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, y e) la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES PLEYADES SPA, sociedad del giro de inversiones, rol único tributario en trámite, debidamente representada por don NICOLÁS SAZUNIC COVARRUBIAS, chileno, soltero, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número dieciséis millones trecientos sesenta y cinco mil novecientos tres guion cuatro, con domicilio en calle Hamlet número 4145, departamento número 148, Comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; los cuales constituyen en su conjunto el ciento por ciento de los derechos sociales y en su calidad de únicos y actuales socios de “INVERSIONES BAMBÚ LIMITADA”, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 77.479.078-0, extracto inscrito fs 86.183 N° 39.758 año 2021 R. Comercio Stgo, expone: Que, en virtud del poder y representatividad que me fuera otorgado al respecto, por este acto y en virtud de lo dispuesto en la Ley 14.499, la compareciente viene en sanear la escritura de constitución, otorgada por escritura pública de fecha 25 de octubre de 2021, Repertorio 129.668 de 2021 ante el notario público de San Miguel, don SERGIO WALDO ARENAS BENONI, con asiento en La Cisterna y oficio en calle Avenida José Miguel Carrera número 8.006, Región Metropolitana, consistente en el vicio incurrido en la cláusula de capital referente al porcentaje que equivale el aporte de doña CATALINA SAZUNIC COVARRUBIAS a la sociedad, en los siguientes términos: Cláusula del capital, esta debe decir: “QUINTO: CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de cuarenta y un millones de pesos que se forma y paga por los socios de la siguiente forma: Uno) don IVO ENRIQUE SAZUNIC YÁÑEZ, aporta la suma de doce millones de pesos que equivalen a veintinueve comas tres por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Dos) doña MARÍA SOLEDAD COVARRUBIAS ESCOBAR, aporta la suma de cinco millones de pesos, que equivalen a doce coma dos por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Tres) doña MAITE SAZUNIC COVARRUBIAS, aporta la suma de cinco millones de pesos, que equivalen a doce coma dos por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; y Cuatro) doña CATALINA SAZUNIC COVARRUBIAS, aporta la suma de siete millones, que equivalen a diecisiete por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; Quinto) ASESORIAS E INVERSIONES PLEYADES SPA, aporta la suma de doce millones de pesos, que equivalen a veintinueve coma tres por ciento del capital social, los que se enterarán y aportarán dentro del plazo de cinco años contado desde la fecha del presente instrumento, debidamente reajustado de conformidad a la variación de la Unidad de Fomento. El pago podrá consistir en dinero, moneda de curso legal o en aporte en dominio a la sociedad de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales.” En lo no modificado permanecen vigentes las estipulaciones de la escritura de constitución originaria. Demás estipulaciones, consta en escritura extracta, La Cisterna, 22 de noviembre de 2021.