IMPORTADORA Y EXPORTADORA S.Y.K. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de octubre de 2016
- Notario
- MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
- Domicilio
- A. Pinto 555
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna de IQUIQUE, Región de TARAPACA
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Notario Público Titular, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública hoy ante mi, SANTOSH VARYANI, MOTI RAM VARYANI, KARINA VARYANI, todos domiciliados en Avenida Arturo Prat 2272, departamento 1001, Edificio Domínica, Condominio Las Antillas, comuna y ciudad de Iquique; y RENUKA JETHANAND DHAMEJA, domiciliada en Avenida Arturo Prat 2272, departamento 1202, Edificio Domínica, Condominio Las Antillas, comuna y ciudad de Iquique; por escritura pública de hoy, modificaron sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA S.Y.K. LIMITADA” o “S.Y.K. LTDA”, constituida por escritura pública de fecha 5 de octubre de 2016, otorgada ante el Notario Público de Iquique don Patricio Torres Velozo, Suplente del Titular Néstor Araya Blazina, inscrita a fojas 1693 vuelta N° 1237, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, del año 2016.- Modificación consiste: Socia RENUKA JETHANAND DHAMEJA, vende, cede y transfiere el 20% del capital social, a don SANTOSH VARYANI, quien compra y adquiere para sí, en la suma de $2.000.000. Se modifica la cláusula Séptima del pacto social, en sentido que administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios don MOTI RAM VARYANI, don SANTOSH VARYANI y doña KARINA VARYANI, quienes actuando conjunta, separada o indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, y podrán obligarla válidamente en todos los actos, declaraciones, contratos y convenciones relacionados con su giro ordinario, en especial, en la celebración de los actos y contratos que señala la referida cláusula Séptima del pacto social. Los únicos socios de la sociedad, don MOTI RAM VARYANI, don SANTOSH VARYANI y doña KARINA VARYANI, acuerdan transformar la sociedad en una Sociedad por Acciones, la cual se regirá por las prescripciones contenidas en los Estatutos, y por las normas contenidas en el Código de Comercio, y en lo no regulado en aquellos por la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento. Nombre: "S.Y.K. SpA". Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna de IQUIQUE, Región de TARAPACA, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida a contar de esta fecha. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la compra, venta, directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, comercialización, leasing, producción y distribución de todo tipo de mercancías, bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, tienda on line y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; c) Cualquier otra actividad análoga, conexa o complementaria a las anteriores, que la sociedad determine realizar. Todas las actividades antes indicadas la sociedad podrá realizarlas directamente por sí misma, sea por cuenta propia o ajena, o en asociación con terceros, a través de sociedades que constituya o a las cuales se incorpore o forme parte, ya sea a través de los sistemas normales del país o a través de las Zonas Francas existentes, especialmente la Zona Franca de Iquique; en general, contraer toda clase de obligaciones, ejecutar toda clase de operaciones o negociaciones y celebrar cualquier otro acto o contrato, sean relacionados o no con el objeto social. Capital: $10.000.000 de pesos, dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. Demás estipulaciones escritura extractada.- Iquique, 18 Octubre 2021.