MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CCT MAQUINARIAS SpA

RUT 76780522-5 CVE 2048949
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2021
Notaría
Buin con asiento en Paine

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2021
Notario
Elizabeth Catherine Pacheco Cifuentes
Oficio
Tercera Notaria de Buin con asiento en Paine
Comuna
Buin con asiento en Paine

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Elizabeth Catherine Pacheco Cifuentes, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Buin con asiento en Paine, O´Higgins 590, Paine, Provincia Maipo, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública hoy, ante mi, doña MARIA EUGENIA OLIVOS ARAYA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, C.I.N°8.904.559-2, domiciliada en Parcela 6 Lo Infante, comuna de San Bernardo, en su calidad de única accionista y Gerente General de la sociedad CCT MAQUINARIAS SpA y de paso por esta, quien acredita su identidad con la cédula antes citada y expone: PRIMERO: ANTECEDENTES: Con fecha treinta de Octubre de mil novecientos diecinueve, ante doña Myriam Escobar Díaz, Notario Público de la comuna de Buin, doña María Jeannette Avilés Núñez, chilena, soltera empresaria, C.I.N°9.505.171-5 y la compareciente doña María Eugenia Olivos Araya, celebraron escritura pública de Modificación y compraventa de acciones respecto de la sociedad CCT MAQUINARIAS SpA, persona jurídica de derecho privado del giro comercializadora y prestación de servicios, RUT N°76.780.522-5, con domicilio en pasaje Uno casa mil seiscientos setenta y cuatro, Lo Infante, comuna de San Bernardo, cuya constitución social se encuentra inscrita a fojas 60.338, número 32.655 del Registro de Comercio del año 2017 y el extracto de modificación se encuentra inscrito a fojas 95.626.- número 46946 del Registro de Comercio del año 2019, ambos a cargo del Conservado de Bienes Raíces de Santiago y fue publicado en el SEGUNDO: SANEAMIENTO: Atendido lo señalado en la clausula anterior y lo dispuesto en la Ley numero diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve y el inciso segundo del articulo cuatrocientos veintiocho del Código de Comercio, la única accionista de la sociedad “CCT MAQUINARIAS SpA.”, viene en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales en que incurrió por la inscripción extemporánea del extracto de modificación y compraventa de acciones de la sociedad. Toda vez que por un error involuntario toda vez que la inscripción del extracto de la escritura de modificación y compraventa de acciones se realizo en forma extemporánea de acuerdo a lo consagrado en los artículos 426 y 427 del Código de Comercio y dicha extemporaneidad debe ser subsanada en los términos que señala la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. TERCERO: Los accionistas constituyentes en este acto declaran que no existe sentencia judicial ejecutoriada que, previo a este acto se haya pronunciado sobre el vicio de nulidad que adolece la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Paine, 17 de Noviembre de 2021.