CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Doña Francisca SpA

CVE 2047999
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de noviembre de 2021
Repertorio
26020-2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes situados en Chile o en el exterior, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como bienes raíces, acciones, valores, bonos, cuotas de fondos de inversión, derechos, privilegios y cualquier otro tipo instrumento financiero, con la finalidad de obtener rentas y administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena, en forma directa o indirecta, constituyendo o participando en Chile o en el exterior en todo tipo de sociedades o entidades; 3)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha de 9 de noviembre de 2021, Repertorio nº 26.020-2021, ante mí: Marta Eugenia Bossay Hoedl y Luis Eduardo Toro Bossay, constituyen una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1) Razón Social: Inversiones Doña Francisca SpA; 2) Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la adquisición de toda clase de bienes situados en Chile o en el exterior, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como bienes raíces, acciones, valores, bonos, cuotas de fondos de inversión, derechos, privilegios y cualquier otro tipo instrumento financiero, con la finalidad de obtener rentas y administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena, en forma directa o indirecta, constituyendo o participando en Chile o en el exterior en todo tipo de sociedades o entidades; 3) Capital: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor. El capital se encuentra íntegramente suscrito y deberá quedar pagado dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2021.-