Sociedad Comercial J & R SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2021
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Marchigue, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el Movimiento de tierra, arriendo de Maquinaria agrícola e industria, traslado de maquinaria y elementos industriales, b) Perforación de pozos profundos, contratista, subcontratista, instalaciones eléctricas e hidráulicas, c) Venta de maquinaria y elementos agrícolas e industriales, d) Prestación de servicios a la construcción, realización de obras civiles, viales y públicas, e) Desarrollar la actividad agrícola y forestal en general, pudiendo plantar, sembrar, cosechar todo tipo de cultivos, dedicarse a todo tipo de actividades agrícolas y forestales, a la crianza de aves y animales, todo ello en tierras propias o ajenas y vender el producto de las cosechas y de la crianza de los animales y demás negocios que acuerden los
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá, conjuntamente a dos cualquiera de los socios a don Ricardo Andres Cornejo Espinoza, a don Julio Andres Vargas Caceres. De la manera antes dicha.CAPITAL SOCIAL:$1.000.000, que se divide en quinientas acciones nominativas, de una misma y única serie, a) don RICARDO ANDRES CORNEJO ESPINOZA, suscribe 500 acciones, por un valor total de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; b)JULIO ANDRES VARGAS CACERES, suscribe 500 acciones, por un valor total de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, se tienen por totalmente suscritas y pagadas la cantidad de mil acciones, a un precio de mil pesos por acción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en Calle Claudio Cancino, número sesenta, Pasaje Marce, Certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, RICARDO ANDRES CORNEJO ESPINOZA, C.I. N°18.322.289-9, domiciliado en La Pitra sin número, comuna de Marchigüe, Región Libertador General Bernardo O’Higgins; y JULIO ANDRES VARGAS CACERES, C.I. N°15.913.572-1, con domicilio en La Quebrada sin número, comuna de Marchigüe, Región Libertador General Bernardo O’Higgins,ambos de paso en ésta; constituyen Sociedad por Acciones. NOMBRE: “SOCIEDAD COMERCIAL J & R SPA”.OBJETO:El objeto de la sociedad será el Movimiento de tierra, arriendo de Maquinaria agrícola e industria, traslado de maquinaria y elementos industriales, b) Perforación de pozos profundos, contratista, subcontratista, instalaciones eléctricas e hidráulicas, c) Venta de maquinaria y elementos agrícolas e industriales, d) Prestación de servicios a la construcción, realización de obras civiles, viales y públicas, e) Desarrollar la actividad agrícola y forestal en general, pudiendo plantar, sembrar, cosechar todo tipo de cultivos, dedicarse a todo tipo de actividades agrícolas y forestales, a la crianza de aves y animales, todo ello en tierras propias o ajenas y vender el producto de las cosechas y de la crianza de los animales y demás negocios que acuerden los socios. El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; La Sociedad podrá celebrar y llevar a cabo todas las actividades administrativas y operacionales relacionadas con los objetos específicos ya mencionados, celebrar acuerdos relacionados a inversiones de la sociedad, y participar en otras actividades y fines que sean permitidos bajo las leyes chilenas. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la sociedad le corresponderá, conjuntamente a dos cualquiera de los socios a don Ricardo Andres Cornejo Espinoza, a don Julio Andres Vargas Caceres. De la manera antes dicha.CAPITAL SOCIAL:$1.000.000, que se divide en quinientas acciones nominativas, de una misma y única serie, a) don RICARDO ANDRES CORNEJO ESPINOZA, suscribe 500 acciones, por un valor total de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social; b)JULIO ANDRES VARGAS CACERES, suscribe 500 acciones, por un valor total de quinientos mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, se tienen por totalmente suscritas y pagadas la cantidad de mil acciones, a un precio de mil pesos por acción. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: La ciudad de Marchigue, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santa Cruz, a 22 de noviembre de 2021.