QUEZADA Y MEINAS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2021
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura pública de 15 de Noviembre de 2021, ante mí,don MIGUEL AUGUSTO QUEZADA YAÑEZ, ingeniero en climatización, domiciliado Padre Las Casas, Terrazas de Huichahue, Parcela 30, por sí y en rep. de don JORGE MAURICIO MEINAS CAMPOS, ingeniero civil industrial, domiciliado en Avenida Balmaceda 875, depto..304 M, Reñaca, Viña del Mar, sanea vicios formales en que se incurrió en el extracto de cesión y transformación de sociedad sociedad de responsabilidad limitada "QUEZADA Y MEINAS Y COMPAÑÍA LIMITADA", de 26 de Octubre de 2020, otorgada doña JESSICA ACUÑA GÓMEZ, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Temuco,y la falta de inscripción del extracto en el Registro de Comercio de Temuco, dentro del plazos legales establecidos. Sociedad constituida 10 de Abril de 2015, ante don CARLOS ALARCÓN RAMÍREZ, Notario Público de Temuco, extracto inscrito a fojas 640 vuelta, Nro. 440 en Registro Comercio de Temuco de 2015; y publicado en D. Of. de 20 de abril de 2015; modificada el 26 de Octubre de 2020, ante doña JESSICA ACUÑA GÓMEZ, Notario Público Interino de la Cuarta Notaría de Temuco, extracto publicado en D. Of. De 11 de diciembre de 2020. La sociedad fue saneada por un vicio de transcripción en el extracto de cesión y transformación publicado señalado en el punto y en donde la suma del capital aportado. Un extracto fue inscrito a fojas 751 Nº441 Registro Comercio de Temuco de 2021 y publicado en el D. Of. De 8 de agosto de 2021. Que saneamiento, por una lamentable omisión, no se publicó correctamente su extracto en el Diario Oficial, habiendo transcurrido a la fecha el plazo fatal que establece la Ley para hacerlo, por lo que la modificación de la sociedad adolece de un vicio formal de nulidad susceptible de ser saneado: Por instrumento, el compareciente haciendo uso del derecho que les confiere la Ley Nº19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, sanear los vicios formales en que se incurrió en la publicación en el extracto de cesión y transformación de sociedad dentro del plazos legales establecidos.- Temuco Noviembre 15, 2021.