Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2021
- Repertorio
- 5025-2021
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Oficio
- Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales
Objeto social
El objeto de la Sociedad es: La realización de actividades de inversión en toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, de aptitud agrícola, forestal y)o ganadera; la inversión de capital en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas en Fondos Mutuos, derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos o sociedades privadas nacionales o extranjeras; la compra, venta, arrendamiento, explotación, comercialización y administración, en cualquier forma, de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales y de establecimientos de comercio; asesorías a empresas, y personas, nacionales o extranjeras, en toda clase de gestiones y materias. En general, la celebración y)o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social y todo lo relacionado de cualquier formas con todo lo anterior; Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros que digan relación directa con el giro de la sociedad, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier negocio, ejecución de todo acto y celebración de todos los contratos relacionados con el
Administración
La sociedad será administrada por un Gerente General, no obstante, lo indicado, se nominará dicho Gerente con carácter provisorio en los artículos transitorios de la presente escritura, los cuales funcionarán hasta que sea elegido el Gerente Definitivo en Junta Ordinaria de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, Local 1, de esta ciudad, certifico: Que, por escritura pública de fecha 10 de noviembre del año 2021, Repertorio 5025-2021, ante mí: La sociedad SERVICIOS MEDICOS BRUNO DAGNINO URRUTIA E.I.R.L., del giro de su denominación, Rol único Tributario número setenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y siete mil doscientos noventa y cuatro guión cero, representada legalmente por don BRUNO LEONARDO DAGNINO URRUTIA, domiciliados en Camino a Farellones número 14.400, departamento 410, Lo Barnechea, y la sociedad SANCHEZ GRANIFO SpA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos cuarenta y nueve mil quinientos treinta y cuatro guión uno, representada legalmente por doña ANDREA SILVIA SANCHEZ GRANIFO, ambas domiciliadas en calle Camino San Francisco de Asis número 150, Vitacura, constituyeron sociedad por acciones denominada “GRANIFO Y URRUTIA SpA” o “G y F SpA”. Domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que los Accionistas acuerden establecer, en el país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales. Objeto Social: El objeto de la Sociedad es: La realización de actividades de inversión en toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, de aptitud agrícola, forestal y/o ganadera; la inversión de capital en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas en Fondos Mutuos, derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, de personas, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, documentos negociables, valores mobiliarios y efectos de comercio en general, sean emitidos o sociedades privadas nacionales o extranjeras; la compra, venta, arrendamiento, explotación, comercialización y administración, en cualquier forma, de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales y de establecimientos de comercio; asesorías a empresas, y personas, nacionales o extranjeras, en toda clase de gestiones y materias. En general, la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social y todo lo relacionado de cualquier formas con todo lo anterior; Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros que digan relación directa con el giro de la sociedad, y en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier negocio, ejecución de todo acto y celebración de todos los contratos relacionados con el objeto social. La sociedad podrá participar en otras sociedades y personas jurídicas de cualquier tipo. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad directa o indirectamente ligada a las anteriores, o que los socios convengan de común acuerdo, sin limitación alguna. Capital: El capital de la sociedad es de dos millones de pesos, dividido en mil acciones de igual valor, y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto. Administración: La sociedad será administrada por un Gerente General, no obstante, lo indicado, se nominará dicho Gerente con carácter provisorio en los artículos transitorios de la presente escritura, los cuales funcionarán hasta que sea elegido el Gerente Definitivo en Junta Ordinaria de Accionistas. El primer gerente general será don BRUNO LEONARDO DAGNINO URRUTIA, quien representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de noviembre de 2021.