CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GRAN CAPITAL GC CORREDORA DE PROPIEDADES SpA

RUT 15784589-6 CVE 2045699
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2021
Repertorio
12935-2021
Notario
MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
Oficio
Reemplazante del Titular de la Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
GABRIEL ANDRÉS INOSTROZA CARVAJAL socio 15784589-6
IGNACIO SEBASTIÁN MOYA GUZMÁN socio 16016565-0
Región Metropolitana y don JAVIER ANTONIO GONZÁLEZ POLIDORO socio 15960713-5
JAVIER ANTONIO GONZÁLEZ POLIDORO socio 15960713-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Abogado, Notario Público Reemplazante del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, señor Patricio Raby Benavente, con domicilio en calle Gertrudis Echeñique N° 30, Oficina 32, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifico Que por escritura pública repertorio Nº 12935-2021, de fecha 12 de Noviembre de 2021, ante mí, don GABRIEL ANDRÉS INOSTROZA CARVAJAL, chileno, soltero, abogado, C.N.I. N° 15.784.589-6, don IGNACIO SEBASTIÁN MOYA GUZMÁN, chileno, soltero, abogado, C.N.I. N° 16.016.565-0, ambos domiciliados en Avenida Providencia 1208, oficina 311, comuna de Providencia, Región Metropolitana y don JAVIER ANTONIO GONZÁLEZ POLIDORO, chileno, divorciado, ingeniero comercial, C.N.I. Nº15.960.713-5, domiciliado en calle Eduardo Castillo Velasco Nº5259, comuna de Ñuñoa, de Santiago; constituyeron una sociedad por acciones denominada “GRAN CAPITAL GC CORREDORA DE PROPIEDADES SpA.”, la que podrá actuar bajo el nombre de fantasía de “CORREDORA GC SpA.“, domiciliada en la ciudad de Santiago; y cuyo objeto será: a) Intermediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones comerciales sobre inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, estén o no edificados, tales como compraventas, permutas, arrendamientos, tasaciones y peritajes; b) Administración de inmuebles propios o ajenos y la ejecución de cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de todo tipo de bienes raíces; c) Inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; igualmente, podrá comprar para sí toda clase de bienes de inmuebles y establecimientos comerciales e industriales, con el propósito de ofrecer posteriormente su venta o arrendamiento a terceros en forma directa; d) El desarrollo y gestión de todo tipo de proyectos inmobiliarios, en sus distintas etapas, incluyendo su venta a terceros; e) La prestación de asesorías, consultorías, y capacitación de todo tipo, en materias económicas, comerciales, técnicas de marketing, de recursos humanos, de ventas, de motivación y afines, sea a personas naturales como jurídicas; f) Cualesquiera otras actividades o negocios relacionados o no con las anteriores, que de común acuerdo los socios determinen realizar, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales. En todos los objetos antes indicados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, ya sea a su propio nombre o al de sus mandantes.- La duración de la sociedad será indefinida, y su capital de $1.500.000, dividido en 500 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal; íntegramente suscrito y pagado en partes iguales por los accionistas constituyentes, en el acto de constitución.- La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a don GABRIEL ANDRÉS INOSTROZA CARVAJAL, C.N.I. N° 15.784.589-6 y a don JAVIER ANTONIO GONZÁLEZ POLIDORO, C.N.I. Nº15.960.713-5, quienes deberán actuar conjuntamente en calidad de administradores, y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario según facultades y excepciones señaladas en la escritura extractada.- La responsabilidad de los accionistas está limitada al monto de su aporte en conformidad a las acciones suscritas al momento de constituir la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de Noviembre de 2021. Maria Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Reemplazante.