MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA COIMBRA LIMITADA

RUT 76137082-0 CVE 2045282
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2021

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2021
Repertorio
4642-2021
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N°1450, Local 1, de esta ciudad, certifico: Que por escritura pública de fecha 6 de noviembre de 2021, bajo repertorio número 4957-2021, ante mí, compareció doña Carla Sofía Pizarro Vitali, cédula nacional de identidad N° 18.845.092-K, domiciliada para estos efectos en Los Militares 5885, Las Condes, Santiago, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS AZALEAS LIMITADA, con domicilio en calle Felipe Cubillos número mil setecientos quince, casa dos, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; INVERSIONES LAS PATAGUAS LIMITADA, con domicilio en Avenida Paseo Colina Sur catorce mil, Casas Hacienda Chicureo, número ochenta y tres, comuna de Colina, Región Metropolitana; y SOCIEDAD DE INVERSIONES PINEDA MATHIEU LIMITADA con domicilio en Príncipe de Gales cinco mil novecientos veintiuno, comuna de La Reina, Región Metropolitana, quien rectificó la escritura de Cesión de Derechos Sociales, Transformación y Modificación de la Sociedad “COMERCIALIZADORA COIMBRA LIMITADA”, inscrita a fojas veintisiete mil novecientos cinco, número diecinueve mil doscientos veintitrés del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2010, hoy “COMERCIALIZADORA COIMBRA SpA” (“la Sociedad”) otorgada en esta Notaría con fecha 20 de octubre de 2021, bajo el repertorio 4642-2021, en el sentido de rectificar los Artículos Cuarto y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad: donde dice: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de tres millones de pesos, dividido en 30 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al día hábil previo al acuerdo de aumento de capital”, debe decir: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de ocho millones de pesos, dividido en 80 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio. En caso de aumentarse el capital mediante la emisión de acciones de pago, el valor de éstas podrá ser enterado en dinero efectivo o en otros bienes. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al día hábil previo al acuerdo de aumento de capital.”; y, donde dice: ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, que ha sido fijado en el Artículo Cuarto de los Estatutos, es la cantidad de tres millones de pesos, dividido en 30 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: /a/ Inversiones Las Pataguas Limitada, es titular de 15 acciones de la Sociedad, equivalente a 50 por ciento del capital accionario de la Sociedad; y /b/ Sociedad de Inversiones Pineda Mathieu Limitada, es titular de 15 acciones de la Sociedad, equivalente a un 50 por ciento del capital accionario de la Sociedad, debe decir: El capital de la Sociedad, que ha sido fijado en el Artículo Cuarto de los Estatutos, es la cantidad de ocho millones de pesos, dividido en 80 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: /a/ Inversiones Las Pataguas Limitada, es titular de 40 acciones de la Sociedad, equivalente a 50 por ciento del capital accionario de la Sociedad; y /b/ Sociedad de Inversiones Pineda Mathieu Limitada, es titular de 40 acciones de la Sociedad, equivalente a un 50 por ciento del capital accionario de la Sociedad.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de noviembre de 2021.