MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL MILKA LIMITADA

RUT 78920800-K CVE 2045540
Fecha instrumento
14 de octubre de 2021

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2021
Repertorio
11246-21
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
agrupación comunas de Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular agrupación comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, Temuco: CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 14 de octubre de 2021, Repertorio N° 11.246-21, otorgada ante doña Carol Rafide Cuadra, suplente de la titular Ermirna Vidal Moraga, rectificada por otra de fecha 17 de noviembre del año 2021, repertorio N° 12.585-21, otorgada ante mí, doña SILVIA RAQUEL KAISER JAQUE, doña GISELLA ANDREA MILLAR KAISER, doña CLAUDIA CAROLA MILLAR KAISER, doña MARIELA ALEJANDRA MILLAR KAISER debidamente representada, y doña SILVIA DANIELA MILLAR KAISER, todas domiciliadas en calle O´Higgins número 24, Temuco, modificaron la sociedad “COMERCIAL MILKA LIMITADA”, cuyo giro es “la Comercialización y Distribución de Productos silvícolas, agropecuarios, veterinarios, alimentos y medicamentos para animales, podrá además dedicarse al transporte de carga de productos, ya sea en medios propios o ajenos; realizará actividades relacionadas con importaciones y exportaciones de productos o mercaderías de naturaleza similar, y en general, ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes corporales muebles e inmuebles, corporales e incorporales, y todas las demás actividades similares, conexas, asesorías, relacionadas y complementarias de las anteriores, y las otras diversas de carácter civil o comercial que las socias acuerden”. El extracto de la constitución de esta sociedad se publicó en la edición del Diario Oficial número 35.638, de fecha 11 de diciembre de 1996, y se inscribió a fojas 1005 Vuelta, número 716 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 1996. Posterior a su constitución, la referida sociedad no mantiene modificación social alguna. La actual modificación social se hizo en el siguiente sentido: A) Silvia Raquel Kaiser Jaque vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 20% del interés social en la sociedad “Comercial Milka Limitada”, a Claudia Carola Millar Kaiser, quien los compra, acepta y adquiere para sí; el precio de la cesión y venta es la suma de un $1.200.000 que la compradora y cesionaria paga en el acto de suscripción de escritura, declarando la cedente haberlo recibido a su entera satisfacción, sirviendo la escritura extractada de suficiente recibo de pago. Todas las partes comparecientes renuncian a toda condición resolutoria emanada de la presente cesión. B) Silvia Daniela Millar Kaiser vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales, equivalentes al 20% del interés social en la sociedad “Comercial Milka Limitada”, a doña Claudia Carola Millar Kaiser, quien los compra, acepta y adquiere para sí; el precio de la cesión y venta es la suma de $1.200.000 que la compradora y cesionaria paga en el acto de suscripción de escritura, declarando la cedente haberlo recibido a su entera satisfacción, sirviendo la escritura extractada de suficiente recibo de pago. Todas las partes comparecientes renuncian a toda condición resolutoria emanada de la presente cesión. Las cesiones señaladas comprenden todos los derechos que corresponden a las cedentes en la sociedad en razón de su calidad de socias en ella, la parte proporcional de las cedentes en las cuotas de capital, el mayor valor de los aportes de capital, los fondos de revalorización del capital propio si es que hubiere, los saldos en cuentas corrientes, utilidades o beneficios devengados y, en general, todos los derechos y obligaciones que corresponden a las cedentes en el haber social. Para los efectos previstos en el artículo mil novecientos uno del Código Civil, la cesionaria declara encontrarse en posesión material del título de los derechos que por el presente instrumento compra, adquiere y acepta, título que está representado por la escritura de constitución de la sociedad y por la escritura pública extractada. Como consecuencia de las compraventas y cesiones a que se refiere la cláusula tercera de la escritura extractada, salen definitivamente de la compañía doña Silvia Raquel Kaiser Jaque y doña Silvia Daniela Millar Kaiser, y quedan como únicas socias de la sociedad “Comercial Milka Limitada”: doña Gisella Andrea Millar Kaiser con un 20% de los derechos sociales, doña Claudia Carola Millar Kaiser con un 60% de los derechos sociales, y doña Mariela Alejandra Millar Kaiser con un 20% de derechos sociales, todo en cuanto a capital, utilidades, perdidas e ingresos proporcionales acumulados, en su caso. Las socias de la sociedad continúan limitando su responsabilidad personal por los negocios sociales al monto de sus respectivos aportes, ya sea originarios o provenientes de cesiones de derechos sociales. C) Conforme la nueva participación de las socias, las únicas socias: Gisella Andrea Millar Kaiser, Claudia Carola Millar Kaiser y Mariela Alejandra Millar Kaiser, modifican la sociedad “Comercial Milka Limitada” en la siguiente forma: Se modifica la cláusula cuarta del pacto social, en el sentido que la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá única y exclusivamente a la socia Claudia Carola Millar Kaiser, todo con las mismas facultades indicadas en la cláusula cuarta de la escritura pública de fecha quince de noviembre de mil novecientos noventa y seis, suscrita ante el Notario Público de Temuco don Claudio González Rosas, repertorio número ciento veinticinco. En todo lo que no se modifica seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social ya señalada en la cláusula primera de escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 22 de noviembre de 2021.