CLINICAL MARKET S.A.
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2021
- Repertorio
- 4767-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.671.100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. Alfredo Martin Illanes, Notario Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernandez 201, oficinas 101 y 102, comuna de Providencia, certifica: Que con fecha 4 de noviembre de 2021, otorgada ante mi Reemplazante Francisco Rubén Rojas Arriagada, Repertorio N°4767-2021, se celebró “Acta Vigésima Cuarta Junta General Extraordinaria de Accionistas CLINICAL MARKET S.A.”, inscrita a fojas 1.071 número 1.282 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2010, y reducida a escritura pública 4 de noviembre del año 2021, donde acordaron: A) Aumentar el capital de la sociedad de la suma actual de $8.671.100.000, dividido en 165.473 acciones ordinarias nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, a la cantidad de $10.183.419.493, dividido en 194.333 acciones ordinarias nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 28.860 acciones de pago; B) Modificar el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales y el Artículo Primero Transitorio, en los términos que se indica a continuación: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $10.183.419.493, el que se divide en 194.333 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga de acuerdo y en la forma señalada en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Para el caso que cualquiera de los accionistas actuales o futuros de la presente sociedad, desearen enajenar total o parcialmente sus acciones a un tercero oferente, deberá comunicárselo a los demás accionistas mediante carta notarial, con indicación del nombre del oferente, y de todas las condiciones en las que se dispone a realizar la operación, especialmente aquellas relativas al precio, la forma y el plazo de pago. Recibida la comunicación, el o los demás accionistas de la sociedad podrán optar en proporción a las acciones que poseen en la sociedad, por adquirir al mismo precio, forma y plazo de pago de dichas acciones, o bien si nada dicen dentro del plazo de quince días corridos de recibida la comunicación, el accionista vendedor quedará facultado para enajenar sus acciones a dicho oferente. Para el caso de que dicha oferta fracasara y se produjera una nueva oferta el accionista vendedor está obligado a realizar la misma comunicación antes descrita. Sin perjuicio de lo anterior, los accionistas y sus cesionarios o sucesores en el dominio, podrán aportar libremente sus acciones de esta sociedad, siempre y cuando el o los accionistas mantengan el control de propiedad o de la administración de la sociedad a la que aportaren sus acciones, directa o indirectamente, en términos tales que ésta última pueda cumplir íntegramente las estipulaciones que da cuenta esta cláusula quinta, sin entorpecimiento por parte de las personas que mantengan el resto del capital de la sociedad a la que se aportaren sus acciones. La sociedad adquirente sustituirá al accionista, con todos sus derechos y obligaciones en este Compañía. El accionista que aporte y/o transfiera sus acciones en los términos antes señalados, deberá enviar un aviso por escrito al otro accionista informando del aporte o transferencia, dentro del plazo de quince días corridos desde la fecha en que se materialice el aporte o se transfieran sus acciones” Asimismo, se modifica el Artículo Primero Transitorio referido al pago del capital en la forma señalada en escritura extractada. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de Noviembre de 2021.