DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA VALLE MAIPO LIMITADA

RUT 76434491-K CVE 2045362
Capital
$257.100.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2021
Notario
ALBERTO MOZÓ AGUILAR
Oficio
Cuadragésima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$257.100.000 CLP
Domicilio
Comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos número trescientos treinta y dos, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: Uno) a) don JAVIER LUIS PLAZA AGUIRRE, cédula de identidad N° 7.035.811-5; b) doña ANDREA FRANCISCA PLAZA BUSTAMANTE, cédula de identidad N° 18.170.818-2; c) don JAVIER ANDRÉS PLAZA BUSTAMANTE, cédula de identidad N° 16.662.761-3; d) don SEBASTIÁN ANDRÉS PLAZA BUSTAMANTE, cédula de identidad N° 17.270.660-6; e) doña BERNARDITA BUSTAMANTE ESPINOSA, cédula de identidad N° 18.020.367-2; f) don GREGORIO PABLO BUSTAMANTE ESPINOSA, cédula de identidad N° 18.935.305-7; g) don GERÓNIMO ANDRÉS BUSTAMANTE ESPINOSA, cédula de identidad N° 18.935.306-5; h) CRISTÓBAL ANDRÉS VARGAS PARENTINI, cédula de identidad N° 10.512.339-6; i) JUANITA BUSTAMANTE ESPINOSA, cédula de identidad N° 20.445.205-9; actuando todos como únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA, Rol Único Tributario Número 78.912.150-8, todos domiciliados en Avenida Luis Pasteur número 5280, oficina 403, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Dos) a) don JAVIER LUIS PLAZA AGUIRRE, cédula de identidad N° 7.035.811-5; b) doña REBECA SILVANA PARENTINI PINEDA, cédula de identidad N° 6.665.707-8; y, c) don GREGORIO PABLO BUSTAMANTE SCHMIEDE, cédula de identidad N° 6.990.361-4; actuando todos como únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA VALLE MAIPO LIMITADA, Rol Único Tributario Número 76.434.491-K, todos domiciliados en Avenida Luis Pasteur número 5280, oficina 403, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; los comparecientes acordaron lo siguiente: I. Trasformación de sociedad: Los actuales socios de la sociedad AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA, modificaron la naturaleza jurídica de la sociedad transformándola de responsabilidad limitada a una sociedad anónima, bajo el nombre de AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., a partir de la fecha de la escritura extractada. II. Estatuto social Agrícola Lo Recabarren S.A.: Mismos socios y con las mismas participaciones otorgaron nuevos estatutos de la sociedad AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., bajo el siguiente tenor extractado: Nombre: será “AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A.”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, para todos los efectos legales, el de “LO RECABARREN S.A.”. Objeto social: El objeto de la sociedad será la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Comuna de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que el Directorio acuerde establecer en otros lugares del país o de extranjero. Duración: Indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $257.100.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, íntegramente suscritas y pagadas, con anterioridad a esta fecha. III. Fusión de sociedades: Los accionistas de las sociedades AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., -antes AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA-, y AGRÍCOLA VALLE MAIPO LIMITADA, acuerdan fusionar las referidas sociedades, mediante la incorporación de la sociedad AGRÍCOLA VALLE MAIPO LIMITADA en la sociedad AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., -antes AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA-, absorbiendo esta última a la primera, la que en consecuencia se disuelve, sin necesidad de practicar su liquidación, y adquiriendo AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., -antes AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA-, la totalidad de los activos y pasivos de AGRÍCOLA VALLE MAIPO LIMITADA. En consecuencia de la fusión señalada precedentemente, se le otorgarán acciones en la sociedad absorbente, AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., -antes AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA-, a los socios de la sociedad absorbida, AGRÍCOLA VALLE MAIPO LIMITADA, conforme a lo señalado en escritura extractada. IV. Aumento de capital: Producto de la fusión, el capital de AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., -antes AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA-, que actualmente asciende a la suma de $257.100.000 dividido en 1.000.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, aumenta al total de $258.100.000, a través de la emisión de 22.608 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal y sin privilegios, íntegramente suscritas y pagadas mediante la incorporación de la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida, AGRÍCOLA VALLE MAIPO LIMITADA, en la sociedad absorbente, AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., -antes AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA-. V. Modificación de estatutos: En consecuencia de la fusión, los actuales y únicos accionistas de la sociedad AGRÍCOLA LO RECABARREN S.A., -antes AGRÍCOLA LO RECABARREN LIMITADA-, vienen en modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de doscientos cincuenta y ocho millones cien mil pesos, dividido en un millón veintidós mil seiscientas ocho acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, La emisión de las acciones, sus títulos y canje se regularán por lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas y su Reglamento. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado, según lo establecido en las disposiciones transitorias.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2021. A. MOZÓ. A. Notario Público.