AT-PAC DOKA CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2021
- Repertorio
- 12437
- Notario
- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Domicilio
- reemplazante de acuerdo a lo prescrito en el artículo 186 de la Ley N° 18.700
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 18.700
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DOKA GmbH | accionista | 59303740-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, abogado, Notario Público reemplazante de acuerdo a lo prescrito en el artículo 186 de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos con domicilio en calle Gertrudis Echeñique N° 30, Oficina 32, Las Condes, Santiago, CERTIFICO: Que, por escritura pública de fecha 2 de noviembre de 2021, bajo el repertorio N° 12437 – 2021, ante mí, DOKA GmbH, RUT N° 59.303.740-1, debidamente representada por doña Daniela Llanos Baboun, en su calidad de único accionista de la sociedad AT-PAC Doka Chile SpA (en adelante, la “Sociedad”), la cual rola inscrita a fojas 36.397, N° 16.771, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, acordó lo siguiente: (i) aumentar el capital de la Sociedad, desde la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas a la fecha de la escritura, a la suma de $5.000.000.000, dividido en 5.000.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, sin valor nominal y de igual calor cada una, mediante la emisión de 4.999.000 acciones de las mismas características, las cuales se suscriben y pagan por el único accionista, Doka GmbH, a razón de $1000 por acción, mediante la capitalización del saldo acreedor que éste mantenía en contra de la Sociedad por la liquidación parcial del contrato de cuenta corriente mercantil suscrito entre ambas con fecha 26 de julio de 2021, el cual asciende a $4.999.000.000. (ii) Modificar los estatutos de la Sociedad, para lo cual el único accionista acuerda reemplazar íntegramente el Artículo Sexto y el Artículo Primero Transitorio del actual estatuto social, por los siguientes: “TÍTULO SEGUNDO. DEL CAPITAL Y ACCIONES. ARTÍCULO SEXTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de cinco mil millones de pesos, y se encuentra dividido en cinco millones de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en los artículos transitorios de los estatutos de la Sociedad” y “TÍTULO FINAL. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de cinco mil millones de pesos, y está dividido en cinco millones de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. El capital se suscribe y se paga en su totalidad por el accionista único DOKA GmbH de la siguiente manera: i) con un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas por DOKA GmbH con anterioridad a esta fecha; y ii) con cuatro mil novecientos noventa y nueve millones de pesos, correspondientes y representativos de cuatro millones novecientos noventa y nueve mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas por DOKA GmbH, según da cuenta el aumento de capital de fecha dos de noviembre de dos mil veintiuno”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de noviembre de 2021. M. V. Wielandt C. N. R.