Instrumento
- Fecha
- 16 de noviembre de 2021
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santia¬go de la Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
Será ejercida por Administrador designado don Juan Pablo Cisternas Vera con amplias facultades establecidas escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2021, ante mí: JUAN PABLO CISTERNAS VERA, constituye sociedad por acciones de cuyos estatutos se extractan: Razón Social: “VÍA AURORA SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, explotación de estos, ya sea en forma propia o por cuenta de terceros sean estos corporales e incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedad, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración, transferencia, explotación de estas inversiones y percibir frutos; b) La construcción de viviendas y explotación de las mismas, urbanizaciones y loteos en general, incluso bajo la forma de ventas, permutas u otros títulos traslaticios; c) La compra, venta, distribución y comercialización, en cualquiera de sus formas, de productos, materiales, elementos y mercaderías destinados a la edificación, o del ramo de construcción o ferretería, menaje de casa, línea blanca, artículos sanitarios y otros similares; d) La producción, elaboración e industrialización de los productos y subproductos de las especies señaladas y de cualquier elemento o producto apto para ser usado en el rubro de la construcción; e) La prestación de servicios, asesorías, investigación y consultorías y capacitación, técnicas y profesionales relativas, entre otras, a las siguientes materias: evaluación de proyectos, económicos, financieros e inmobiliarios, estudios científicos, proyectos del área médica, y evaluación de tecnologías sanitarias; f) La explotación de establecimientos o negocios destinados al cumplimiento de los objetos señalados previamente; g) La exportación, compraventa, comercialización, arrendamiento y subarriendo, distribución, representación, comisión de derechos de autor, patentes, marcas industriales, nombres comerciales y cualquier otro tipo de derechos de propiedad industrial; h) La administración y explotación de cualquier clase de establecimiento clínico u hospitalario destinado a la atención de salud por cuenta propia o ajena; i) El desarrollo de todo tipo de actividad industrial y comercial destinadas a la satisfacción de necesidades de salud; j) Obtener por cualquier título concesiones, permisos, autorizaciones o licencias, así como celebrar cualquier clase de contratos relacionados con los objetos anteriores, sean con entes privados o públicos; k) La realización de cualquier negocio, industria o actividad, sean éstos de carácter civil o comercial, que se relacionen directa o indirectamente con los anteriores; l) Todo otro acuerdo que los accionistas tomen respecto de las actividades que emprenda la sociedad o cualquier otra actividad que de común acuerdo determinen. La sociedad podrá realizar todas las actuaciones necesarias para lograr cada una de las actividades u objetos ya señalados, y en todo momento para el cumplimiento de éstos, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros, desarrollando sus actividades tanto cualquier lugar del país como en el extranjero. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participación en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto social, sean de personas, anónimas, por acciones o de cualquiera otro tipo, comunidades y asociaciones. Capital; $10.000.000 dividido en 1.000.000 de acciones, de un valor inicial de $10 cada una, nominativas sin valor nominal, todas de una misma y única serie suscritas, y pagadas en conformidad se establece en el Artículo Primero Transitorio. Duración: Indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santia¬go de la Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Administración: Será ejercida por Administrador designado don Juan Pablo Cisternas Vera con amplias facultades establecidas escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2021.