MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Educacional Antonio Varas Limitada

RUT 79657890-4 CVE 2043132
Fecha instrumento
8 de mayo de 2017
Notaría
Vicuña y Paihuano

Instrumento

Fecha
8 de mayo de 2017
Repertorio
263-2017
Comuna
Vicuña y Paihuano

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Silva Mandakovic, Notario Suplente del Notario Titular Don Daniel Hurtado Navia, de la Primera Notaria de Vicuña y Paihuano, con oficio en Gabriela Mistral 582, Vicuña, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha catorce de octubre del año dos mil veintiuno, ante mí, doña VERÓNICA PATRICIA MARTÍNEZ FLORES, domiciliada en Avenida Cuatro Esquinas número 4.500, casa número 77, Condominio Umbrales – Cerro Grande y don RENÉ ANDRÉS MARTÍNEZ FLORES, domiciliado en Avenida Gastón Hamel Nieto número 150, departamento B 43, Viña del Mar, en su calidad de únicos socios, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD EDUCACIONAL ANTONIO VARAS LIMITADA”, hoy “INMOBILIARIA E INVERSIONES ANTONIO VARAS LIMITADA, según consta en escritura pública de fecha 8 de mayo de 2017, otorgada ante esta Notaria, bajo el número de repertorio 263-2017, inscrita su extracto a fojas 19 número 14 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Vicuña de 2017. El extracto de la constitución de la SOCIEDAD EDUCACIONAL ANTONIO VARAS LIMITADA se encuentra inscrito a fojas 11vta número 7 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Vicuña del año 1986. Por el presente instrumento los comparecientes, vienen en rectificar, sustituir y complementar la escritura pública de modificación de sociedad de responsabilidad limitada, de fecha 8 de mayo de 2017, repertorio 263-2017, en el sentido que se indica, TERCERO, donde dice: “Con motivo de la Reforma Educacional y de la consecuente entrada en vigencia de la Ley número 20.845, LA SOCIEDAD EDUCACIONAL ANTONIO VARAS LIMITADA, ha optado por la irrevocable decisión de transferir su calidad de sostenedora, como asimismo, por la de ceder y transferir, los inmuebles de su propiedad en los cuales se encuentra emplazado el Establecimiento Educacional “Colegio Antonio Varas”; o bien, en los casos en que sea necesario, ceder el uso y goce de todos y cada uno de los bienes muebles que guarnecen el establecimiento educacional, a NUEVA ELQUI E.I.E., entidad individual educacional de derecho privado, sin fines de lucro, Rol Único Tributario número 65.115.187-2, representada por don ENRIQUE EDUARDO SILVA ROJAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, periodista, cédula nacional de identidad número 14.316.473-K, 39 años, ambos domiciliados en Pasaje Abdón Aguirre número 628, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo.-,”…”, en consecuencia, debe decir: “Con motivo de la Reforma Educacional y de la consecuente entrada en vigencia de la Ley número 20.845, LA SOCIEDAD EDUCACIONAL ANTONIO VARAS LIMITADA, ha optado por la irrevocable decisión de transferir su calidad de sostenedora a NUEVA ELQUI E.I.E., entidad individual educacional de derecho privado, sin fines de lucro, Rol Único Tributario número 65.115.187-2, representada por don ENRIQUE EDUARDO SILVA ROJAS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, periodista, cédula nacional de identidad número 14.316.473-K, ambos domiciliados en Pasaje Abdón Aguirre número 628, comuna de Vicuña, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, dicha transferencia de calidad de sostenedora se ha de realizar en un acto distinto al presente. En todo lo no modificado por el presente instrumento, continúan plenamente vigente las demás estipulaciones que constan en escritura extractada. Vicuña, 05 de noviembre de 2021.