MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES SpA

RUT 76265235-8 CVE 2043555
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2021

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2021
Notario
ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO
Domicilio
Rancagua

Sociedad

Domicilio
La comuna de Rancagua

Objeto social

La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades del derecho y todos aquellos relativos, derivados o relacionados al ejercicio de la profesión de abogado, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios de organismos del sector público, municipal o privado. El estudio, instalación y funcionamiento de oficinas o estudios jurídicos por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos semejantes; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; dar cursos, clases, dictar cátedras, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; prestar asesoría profesional y técnica a otras oficinas o estudios jurídicos, abogados o profesionales relacionados. La elaboración de informes en derecho y en general, realizar cualquiera actuación propia de la profesión de Abogados

Administración

Será ejercida por don César Eduardo Iván Zamorano Quitral, en calidad de permanente, con todas las facultades del artículo décimo tercero del estatuto social

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Conservador de Bienes Raíces de Rancagua socio 76265235-8

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, abogado, Notario Público Rancagua, suplente del Titular Eduardo de Rodt Espinosa, San Martín 427, Rancagua, certifico: Por escritura de hoy ante mi: MARÍA ANGÉLICA MERINO GANA y CÉSAR EDUARDO IVÁN ZAMORANO QUITRAL, ambos domiciliados en Avenida San Juan 376, casa 10 de Machalí, modificaron y transformaron SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES LIMITADA, inscrita a fojas 1631 número 1727 del Registro de Comercio de del año 2012 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, RUT 76.265.235-8. MODIFICACIÓN: Modifican en la cláusula octava la designación de Representante Legal, designando al socio César Eduardo Iván Zamorano Quitral, con todas las facultades de la misma cláusula del estatuto social. Acuerdan asimismo modificar la cláusula décimo cuarta, estableciendo que la duración de la sociedad será indefinida. TRANSFORMACIÓN: Se transforma la sociedad de “responsabilidad limitada” a “sociedad por acciones” con los siguientes estatutos: Nombre o razón social: SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES SpA con nombre de fantasía “Servicios Profesionales SpA”. Domicilio: La comuna de Rancagua. Objeto: La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades del derecho y todos aquellos relativos, derivados o relacionados al ejercicio de la profesión de abogado, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios de organismos del sector público, municipal o privado. El estudio, instalación y funcionamiento de oficinas o estudios jurídicos por cuenta propia o ajena y de otros establecimientos semejantes; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; dar cursos, clases, dictar cátedras, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científicas; realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; prestar asesoría profesional y técnica a otras oficinas o estudios jurídicos, abogados o profesionales relacionados. La elaboración de informes en derecho y en general, realizar cualquiera actuación propia de la profesión de Abogados. Capital: Dos millones de pesos, divididos en doscientas acciones sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas, a razón de cien acciones cada socio, por un valor de un millón de pesos, como se indica escritura extractada. Administración: Será ejercida por don César Eduardo Iván Zamorano Quitral, en calidad de permanente, con todas las facultades del artículo décimo tercero del estatuto social.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 15 de noviembre de 2021.