CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MEDICOS PAIVA LIMITADA

RUT 15380850-3 CVE 2043748
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2021
Notario
Juan Ricardo San Martin Urrejola
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, medico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los findes indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad y en general cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo

Administración

La administración y la representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Gonzalo Andrés Paiva Cornejo, ya individualizado, quien actuando individualmente, podrá ejercerla de forma personal o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto, con las más amplias facultades indicadas en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martin Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 08 de noviembre de 2.021, bajo el repertorio N.º 31.676-2021, Don Gonzalo Andrés Paiva Cornejo, chileno, casado, Médico Oftalmólogo, cédula nacional de identidad número 15.380.850-3, domiciliado en General Gorostiaga número 1.335, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; Don Pedro Javier Paiva Cornejo, chileno, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número 13.831.089-2, domiciliado en Monvoisin número 1.854, comuna de La Reina, Región Metropolitana y; Doña Paulina Mirto Cornejo Careaga, chilena, divorciada, Parvularia, cédula nacional de identidad número 6.918.319-0, domiciliada en Monvoisin número 1.854, comuna de La Reina, Región Metropolitana, vinieron a constituir una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “SERVICIOS MEDICOS PAIVA LIMITADA”, pudiendo además actuar indistintamente con el nombre de fantasía de “PAIVA LIMITADA”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y en general ante cualquier persona natural o jurídica, sean estas últimas de Derecho Público o Privado. Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias y sucursales en cualquier localidad o ciudad del país y en el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto prestar toda clase de servicios o asesorías profesionales en el área de la salud, procurando proteger el patrimonio de la Sociedad del riesgo empresarial, medico-legal y financiero propio de las prácticas en las áreas médicas; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, compra y venta de esos bienes y derechos; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los findes indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad y en general cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo. Capital: El capital social es la suma de doscientos mil pesos, que los socios ingresan en este acto, en dinero efectivo a la caja social, de la siguiente manera: a) don Gonzalo Andrés Paiva Cornejo aporta la suma de ciento cincuenta y dos mil pesos en efectivo, correspondiente al setenta y seis por ciento de los derechos sociales; b) don Pedro Javier Paiva Cornejo aporta la suma de veinticuatro mil pesos en efectivo, correspondientes al doce por ciento de los derechos sociales y; c) doña Paulina Mirto Cornejo Careaga aporta la suma de veinticuatro mil pesos en efectivo, correspondiente al doce por ciento de los derechos sociales. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Administración: La administración y la representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Gonzalo Andrés Paiva Cornejo, ya individualizado, quien actuando individualmente, podrá ejercerla de forma personal o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto, con las más amplias facultades indicadas en escritura. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 15 de noviembre de 2021.-