MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE REFRIGERACION SURFRIO LIMITADA

RUT 76096942-7 CVE 2042461
Capital
$2.500.000 CLP
Fecha instrumento
9 de noviembre de 2021

Instrumento

Fecha
9 de noviembre de 2021
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$2.500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 09 de noviembre de 2021, otorgada ante mí, doña MARINA DEL CARMEN CORVALAN ARAYA, domiciliada en Villa Encanto, calle Willingston número dos mil noventa, comuna Curicó, debidamente representada por doña ODETTE JOHANNA PEREZ PEDRERO, domiciliada en calle Andrés Bello número novecientos treinta y cuatro, departamento mil trescientos dos, de la ciudad de Temuco; y, don PABLO ANDRÉS MUÑOZ GAETE, domiciliado en Las Palmas número mil seiscientos dieciocho comuna de Temuco, modificaron sociedad “SERVICIOS DE REFRIGERACION SURFRIO LIMITADA”, siguiente sentido: Antecedentes. Mediante escritura pública de Transformación de Sociedad, de fecha tres de junio de dos mil trece, otorgada ante don Rodrigo Domínguez Jara, Notario Público Titular de Curicó, repertorio notarial mil seiscientos ochenta y dos del año dos mil trece, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas mil trescientos noventa y cuatro número mil ciento trece del Registro de Comercio del Conservador de bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil trece, rectificada mediante escritura pública de fecha dieciocho de octubre de dos mil trece, otorgada ante don Héctor Efraín Basualto Bustamante, Notario Público de Temuco, repertorio notarial cinco mil ochocientos sesenta y cinco del año dos mil trece, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas dos mil quinientos veinticuatro número mil novecientos cuarenta y ocho del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil trece, se constituyeron y otorgaron los estatutos de una sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es “SERVICIOS DE REFRIGERACION SURFRIO LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones noventa y seis mil novecientos cuarenta y dos guión siete. Mediante escritura pública de cesión derechos y modificación estatutos, de fecha veinte de mayo de dos mil veintiuno, otorgada ante don Jorge Elías Tadres Hales, Notario Público Titular de Temuco, repertorio notarial dos mil quinientos ochenta y seis del año dos mil veintiuno, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas quinientos cincuenta y nueve V número trescientos veintidós del Registro de Comercio del Conservador de bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil veintiuno, la socia Adela Silvana Corvalán Araya, vende, cede y transfiere una cuota de acciones, derechos, o interés social de los cuales es dueña y que representan el veinte por ciento de los derechos, acciones, interés o cuotas sociales, que le corresponden o pudieren corresponder a cualquier título en la sociedad, a doña Marina Del Carmen Corvalán Araya, de esta forma, doña Adela Silvana Corvalán Araya, es dueña del sesenta por ciento de los derechos o cuotas sociales y doña Marina Del Carmen Corvalán Araya, quien es dueña del cuarenta por ciento de los derechos o cuotas sociales, adquiridos por esta última mediante su patrimonio reservado de acuerdo al artículo 150 del Código Civil. Capital social: $2.500.000.- Modificación actual consiste: Por acto e instrumento que extracto, y actuando bajo su patrimonio reservado, la socia MARINA DEL CARMEN CORVALAN ARAYA, debidamente representada por doña ODETTE JOHANNA PEREZ PEDRERO, vendió, cedió y transfirió la totalidad de acciones, derechos, o interés social de los cuales es dueña y que representan el cuarenta por ciento de los derechos, acciones, interés o cuotas sociales, que le corresponden o pudieren corresponder a cualquier título en la sociedad SERVICIOS DE REFRIGERACION SURFRIO LIMITADA, a don PABLO ANDRÉS MUÑOZ GAETE, quien compró, adquirió y aceptó el equivalente al cuarenta por ciento de los derechos o acciones, interés o cuotas sociales. Acciones, derechos, interés o cuotas sociales, que por dicho acto se transfirieron, representan el cuarenta por ciento tanto del capital como de la participación social.- El precio de cesión fue suma única y total de QUINIENTOS MIL PESOS, que el cesionario pagó a la vendedora y cedente, con anticipación a la celebración del contrato, de contado y en dinero efectivo. Modificación Estatutos Sociales: Integrantes de la sociedad y distribución del capital y participación social: Como consecuencia de la cesión de derechos realizada, para todos los efectos legales declaran y aceptan que desde la fecha de instrumento extractado les corresponde la siguiente participación tanto en la sociedad como en el capital social: a) A la socia ADELA SILVANA CORVALAN ARAYA, le corresponde el SESENTA por ciento del capital y participación social; y, b) Al socio PABLO ANDRÉS MUÑOZ GAETE, le corresponde el CUARENTA por ciento del capital y participación social. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de noviembre 2021.