MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MARA PRODUCCIONES SpA

RUT 76869035-9 CVE 2042586
Fecha instrumento
9 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de noviembre de 2021
Repertorio
95212
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE EDUARDO LEIVA ILABACA, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N°73, Certifico por escritura de fecha 09 de noviembre de 2021, Repertorio N°95.212 ante el Suplente Roberto Fernando Puga Pino, se redujo acta extraordinaria de accionistas Mara Producciones SpA. La que fue constituida mediante escritura pública 13-03-2018 en la Notaría de Álvaro González Salinas, inscrita a fojas 19874, Nº 10611 Registro de Comercio Santiago año 2018.- Modificación consiste: A) modificar el ARTÍCULO PRIMERO DEL TÍTULO PERIMERO DE LA RAZÓN SOCIAL, reemplazándolo por el siguiente “Artículo Primero: El nombre o razón social de la sociedad será Siete Tintas SpA”; B) modificar el ARTÍCULO CUARTO DEL TÍTULO PRIMERO DEL OBJETO, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Cuarto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros, a las siguientes actividades: /a/ Diseño, estampado y decoración de todo tipo de productos, incluido papeles murales, cojines, cortinas, y láminas. /b/ la importación, exportación, compra y venta, comisión como consignación, arriendo, subarriendo, distribución, representación y comercialización, por mayor y al detalle coma ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes muebles, productos, manufacturados y mercaderías; y c) en general, cualquier otra actividad que el o los accionistas acuerden y que se relacionen directa o indirectamente con las anteriores o bien sean anexas o complementarias a estás.” C) Derogar el actual ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO de “La Designación de Administradores” revocando el poder conferido a Isidora Falcone Gallo, reemplazándola íntegramente por la siguiente cláusula: “Artículo Tercero Transitorio: Designación de Administradores. De acuerdo a lo indicado en el artículo octavo de los estatutos sociales, se nombra como administradores de la sociedad a Isidora Falcone Gallo y a Antonia González Santa Cruz, quienes, actuando en nombre de la Sociedad, indistintamente estarán investidos de todos los poderes y facultades que le confiere el Estatuto como en especial su artículo octavo además de los que la ley sobre sociedades anónimas y su reglamento confieren al directorio coma sin restricciones.”; 4) Derogar el ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO relativo al ejercicio de la opción de Régimen de tributación en todas sus partes; 5) se deja constancia que todo lo demás contenido en el resto de la escritura de Constitución de la sociedad sigue plenamente vigente para todos los efectos legales.Santiago, 15 de noviembre de 2021.