BRALIC Y ECHEVERRÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2021
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8va Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8va Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N° 941, oficina 302, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 29 de octubre de 2021, ante mí, don Pedro Bralic Escríbar, cédula nacional de identidad N° 8.820.025-K, por sí, y en representación de don Felipe Bralic Echeverría, cédula nacional de identidad N° 17.698.471-6 y de don Pedro Bralic Echeverría, cédula nacional de identidad N° 17.088.058-7; doña María del Pilar Julia Ramona Echeverría de Cárcer, cédula nacional de identidad N° 7.407.394-8, doña María del Pilar Bralic Echeverría, cédula nacional de identidad N° 17.698.472-4; y doña Andrea Bralic Echeverría, cédula nacional de identidad N° 18.935.785-0; todos domiciliados para estos efectos en calle Partenón N° 1.775, departamento 706, comuna de Vitacura, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “BRALIC Y ECHEVERRÍA LIMITADA”, inscrita a Fs. 49.808 N° 35.582 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006. MODIFICACIÓN SOCIAL: Los actuales y únicos socios de BRALIC Y ECHEVERRÍA LIMITADA dieron cuenta en la escritura pública de fecha 29 de octubre de 2021 que, a la fecha, han transcurrido los 15 años de duración de la Sociedad indicados en los Estatutos Sociales de la del centro. Sin perjuicio de que ninguno de los socios ha manifestado su voluntad de ponerle término, a través de dicho instrumento público, los actuales y únicos socios de la Sociedad han manifestado voluntaria e inequívocamente su intención de ratificar y validar todo lo obrado por la Sociedad, y junto a ello, prorrogar la duración de la Sociedad por el término de 10 años contados a partir de la fecha de la indicada escritura pública, es decir, a partir del día 29 de octubre de 2021. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes los Estatutos Sociales.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular, Santiago, 15 de noviembre de 2021.