Santa Lucía Solar SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de noviembre de 2021
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.780.885 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33a Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: que con fecha 9 de noviembre de 2021, ante él, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Santa Lucía Solar SpA, sociedad inscrita a fojas 63.979, número 31.195 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2019 (en adelante, la “Sociedad”), celebrada con fecha 9 de noviembre de 2021, en la que se acordó lo siguiente: (i) Aumentar el capital social desde la suma de $10.780.885, dividido en 10.780.885 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal, a la nueva cantidad de $395.039.675, dividido en 395.039.675 acciones, esto es, aumentar el capital social en $384.258.790, mediante la emisión de 384.258.790 nuevas acciones; y (ii) Modificar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales por los siguientes: “Artículo Quinto. - El capital social asciende a la suma de $395.039.675, dividido en 395.039.675 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor y de una misma y única serie. El capital se suscribe y paga en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos.” “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad es la suma de $395.039.675, dividido en 395.039.675 acciones ordinarias, de una misma serie, todas nominativas de igual valor y sin valor nominal, de las cuales $10.780.885 dividido en 10.780.885 se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, y $384.258.790 dividido en 384.258.790 acciones que se encuentran pendientes de suscripción y pago, y que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo de 30 días a contar del día 9 de noviembre de 2021.” Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 9 de noviembre de 2021.