Instrumento
- Fecha
- 3 de noviembre de 2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- Trigésimo Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (a) La adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; (b) La construcción, gestión, comercialización, arrendamiento, loteo, urbanización y, en general, la explotación de bienes raíces agrícolas o urbanos, por cuenta propia o ajena, por sí o a través de sociedades especialmente constituidas al efecto, y la percepción de los frutos de cualquier especie que éstos produzcan; (c) Desarrollar, promover y gestionar, en cualquier forma, proyectos inmobiliarios, así como toda clase de actividades inmobiliarias y cualquier otra vinculada con la construcción. Para estos efectos, la Sociedad podrá adquirir, por cualquier medio, los bienes que sean necesarios para la realización de sus negocios, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, ejerciendo libremente todas aquellas facultades que el derecho de dominio concede al propietario de los mismos de acuerdo con la ley, y podrá constituir sociedades para desarrollar los proyectos y actividades inmobiliarias; (d) La prestación de toda clase de asesorías, tanto profesionales como técnicas, en materias económicas, comerciales, financieras, contables, tributarias, administrativas, y de gestión; (e) Efectuar toda clase de inversiones pasivas, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones, y liquidar dichas inversiones; (f) La constitución y participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y (g) En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos, o con la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, así como las demás actividades que la Sociedad acuerde. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por si o a través de sociedades que especialmente constituya al efecto, así como también asociada o en coparticipación con terceros;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésimo Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 3 de noviembre de 2021, repertorio número 20.991-2021, otorgada ante mí, Clarial SpA, y Altavista S.A, constituyeron una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “Ojos de Cerro Castillo SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) La adquisición y enajenación a cualquier título de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; (b) La construcción, gestión, comercialización, arrendamiento, loteo, urbanización y, en general, la explotación de bienes raíces agrícolas o urbanos, por cuenta propia o ajena, por sí o a través de sociedades especialmente constituidas al efecto, y la percepción de los frutos de cualquier especie que éstos produzcan; (c) Desarrollar, promover y gestionar, en cualquier forma, proyectos inmobiliarios, así como toda clase de actividades inmobiliarias y cualquier otra vinculada con la construcción. Para estos efectos, la Sociedad podrá adquirir, por cualquier medio, los bienes que sean necesarios para la realización de sus negocios, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, ejerciendo libremente todas aquellas facultades que el derecho de dominio concede al propietario de los mismos de acuerdo con la ley, y podrá constituir sociedades para desarrollar los proyectos y actividades inmobiliarias; (d) La prestación de toda clase de asesorías, tanto profesionales como técnicas, en materias económicas, comerciales, financieras, contables, tributarias, administrativas, y de gestión; (e) Efectuar toda clase de inversiones pasivas, tanto en Chile como en el exterior, pudiendo percibir los frutos civiles de toda clase de bienes de su propiedad, sean éstos corporales o incorporales, muebles o inmuebles, reinvertir y administrar los frutos, productos y rentas de las inversiones, y liquidar dichas inversiones; (f) La constitución y participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y (g) En general, la realización de todos los actos y la celebración de todos los contratos que digan relación directa o indirecta con los fines antes indicados, en el desarrollo de ellos, o con la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad, así como las demás actividades que la Sociedad acuerde. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la Sociedad podrá actuar por si o a través de sociedades que especialmente constituya al efecto, así como también asociada o en coparticipación con terceros; Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. De las cuales Clarial SpA suscribe quinientas acciones, por un monto de quinientos mil pesos, las que pago en el acto de la escritura extractada al contado; y (ii) Altavista S.A suscribe quinientas acciones, por un monto de quinientos mil pesos, las que pago en el acto de la escritura extractada al contado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de noviembre de 2021.