Worldwide Transport Limitada
Instrumento
- Fecha
- 5 de noviembre de 2005
- Notario
- GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ
- Domicilio
- Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas
- Comuna
- Santiago
Objeto social
e)En lo no modificado, se mantienen inalterables las demás disposiciones y estipulaciones del pacto de constitución social. Santiago, 3 noviembre 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura hoy, ante mí, RAQUEL MIRANDA CHAVEZ, Panameña, casada y actuando dentro de su patrimonio reservado, contador, cedula de identidad extranjeros N° 14.748.522-0, domicilio Avenida Nueva Providencia N° 2155, Torre A, Departamento 904, comuna de Providencia, Santiago, don ALEXANDER FAIJO BRICEÑO, Peruano, casado, administrador hotelero, cedula de identidad extranjeros N°14.570.629-7, domicilio Avenida El Carmen N° 1520, Condominio 4, casa N° 151, comuna de Huechuraba , Santiago; y CANDIDO CHAVEZ, panameño, soltero, Técnico en comercio exterior, Cédula de Identidad para extranjeros N° 23.606.152-3, domicilio en Calle Berta Correa N° 1725, Condominio Las Cumbres de Huechuraba N° 11, Torre F , departamento 306, comuna de Huechuraba , ciudad de Santiago, vienen en modificar sociedad “WORLDWIDE TRANSPORT LIMITADA”, constituida por escritura pública con fecha 5 de noviembre de 2005 ante Notario Don ALBERTO EDUARDO ROJAS LOPEZ , debidamente inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs 45.248, N° 32.210 del año 2005, publicada en la edición del términos a) ALEXANDER FAIJO BRICEÑO , quien posee el 10% de los derechos sociales, se retira de la sociedad, ya que vende, cede y transfiere la totalidad de las acciones, derechos y/o cuota de participación social que le corresponden en la sociedad ““WORLDWIDE TRANSPORT LIMITADA ”, a Don CANDIDO CHAVEZ en la suma de $30.000.000, los que se pagaran mediante 36 cuotas de $833.333, pagándose la primera el 8 de diciembre del 2021 y así sucesivamente todos los 8 de cada mes, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente del Banco Santander del señor Alexander Faijo Briceño, el comprador don CANDIDO CHAVEZ acepta lo anterior, quien acepta para sí el 10% de los derechos de la sociedad , e ingresa como nuevo socio. b) Los comparecientes de consuno, han querido elevar a la categoría de Cláusula esencial del presente instrumento público, el hecho de otorgarse entre la sociedad de responsabilidad limitada ya singularizada el socio que se retira y cedente, el más amplio, completo y total finiquito, en relación a todas y cada una de las obligaciones, débitos, compromisos o deudas, pasadas, presentes y/o futuras que haya originado, o pueda llegar a originar la sociedad materia de modificación. c) como consecuencia de la presente cesión, doña RAQUEL MIRANDA CHAVEZ y don CANDIDO CHAVEZ quedan como únicos socios en la referida sociedad con un 90% y un 10% de participación social respectivamente, debiendo los socios que se quedan hacerse cargo del total del activo y pasivo de la misma. d) Los actuales socios, se obligan a exonerar de cualquier tipo de obligación a don ALEXANDER FAIJO BRICEÑO, por los instrumentos públicos y/o privados que haya suscrito en garantía de las obligaciones cuyo deudor principal es la sociedad, quedando los actuales socios obligados a efectuar todos los trámites, gestiones y actuaciones que sean procedentes efectuar para dicho objeto. e)En lo no modificado, se mantienen inalterables las demás disposiciones y estipulaciones del pacto de constitución social. Santiago, 3 noviembre 2021.