CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y ASESORIAS BBCL LIMITADA

RUT 10651732-0 CVE 2039917
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de octubre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de octubre de 2021
Repertorio
80487-2021
Notario
VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA
Oficio
Titular doña María Soledad Lascar Merino de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, 12 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA, abogado, Notario Público Suplente de la Titular doña María Soledad Lascar Merino de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: Por escritura pública de fecha 25.10.2021 ante la titular, Repertorio N° 80.487-2021, don LUIS ENRIQUE IZQUIERDO GUZMÁN, cédula nacional de identidad número 10.651.732-0 y doña MARÍA JOSÉ CÓRDOVA GARCÍA-HUIDOBRO, cédula nacional de identidad número 13.549.274-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Tribunales N° 1149, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada de cuyo pacto social extracto: Razón Social: “INVERSIONES Y ASESORIAS BBCL LIMITADA”, pudiendo usar la abreviación “BBCL Ltda.”.; Domicilio: Santiago; Objeto: La sociedad tendrá por objeto: (Uno) La asesoría en asuntos de marketing y comunicacionales a través de cualquier medio, la prestación en la misma forma de toda clase de asesorías y servicios publicitarios, agencia de publicidad, la producción, implementación y planificación estratégica de campañas publicitarias masivas; estrategias de marketing y comunicacionales; (Dos) Formar, constituir, ingresar, adquirir derechos o acciones o participar en otras sociedades de cualquier clase que tengan un objeto social similar y modificarlas y asumir la administración de las mismas y constituir o formar parte de comunidades, asociaciones, cuentas en participación, sociedades de hecho, fondos de inversión u otras; (Tres) La adquisición, compra, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento, subarrendamiento, en cualquier forma, de toda clase de bienes muebles o inmuebles; y (Cuatro) Realizar toda otra actividad que esté directa o indirectamente relacionada con las precedentemente mencionadas; Capital: $1.000.000, que los socios aportan y enteran en acto de constitución en dinero efectivo a la caja social, de la siguiente forma: a) Luis Enrique Izquierdo Guzmán aporta $700.000, equivalente al 70% del capital social de la sociedad, y b) María José Córdova García-Huidobro aporta $300.000, equivalente al 30% del capital social; Administración, Representación y Uso de Razón Social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los socios don Luis Enrique Izquierdo Guzmán o doña María José Córdova García-Huidobro, actuando en forma individual, indistinta y separada, anteponiendo a su firma la razón social. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, 12 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05.11.2021.