MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS JACARANDÁ SpA

RUT 77482197-K CVE 2039788
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de noviembre de 2021
Notaría
San Miguel de don Jorge Reyes Bessone

Instrumento

Fecha
9 de noviembre de 2021
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel
Comuna
San Miguel de don Jorge Reyes Bessone

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
GABRIELA ANDREA BOBADILLA LOYOLA socio 16726834-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, Comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de 09 de noviembre de 2021, ante mí; GABRIELA ANDREA BOBADILLA LOYOLA, CNI 16.726.834-K redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de ASESORÍAS JACARANDÁ SpA (“la Sociedad”) en que la unanimidad de las acciones acordó: 1.- Tener presente que la Sociedad se constituyó por escritura pública de fecha 4 de agosto de 2021, otorgada en la Notaría de San Miguel de don Jorge Reyes Bessone, repertorio número 4.365-2021, que su capital asciende a $1.000.000.- dividido en 1.000.000.- de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor de la misma serie y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas por don FRANCISCO JOSÉ CARVALLO JARPA, y que el extracto de la escritura de constitución se inscribió con fecha 26 de octubre de 2021 en el Registro de Comercio de Santiago de dicho año, a fojas 84.099 Número 38.824, y fue publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de octubre de 2021.- 2.- Sanear de conformidad con las normas de la Ley 19.499 el vicio de nulidad consistente en la inscripción y publicación extemporánea del extracto de la escritura de constitución. Considerando lo anterior, se corrige y sanea el vicio indicado, declarando que en virtud de la escritura extractada se cumplen todos los requisitos señalados en la citada ley, artículo 428 del Código de Comercio y normas pertinentes de la Ley sobre Sociedades Anónimas, ratificando expresamente todos los acuerdos contenidos en la escritura que se sanea.- Demás estipulaciones en escritura que extracto. San Miguel, 9 de noviembre de 2021.-